Lo más destacado de abril de 2018
Durante estos últimos 30 días ha habido noticias jurídicas en España que hemos comentado en este blog. Recopilamos los contenidos más destacados:
Durante estos últimos 30 días ha habido noticias jurídicas en España que hemos comentado en este blog. Recopilamos los contenidos más destacados:
¿Hasta cuándo debe calificarse de “menor” al nacional de un tercer país o al apátrida que tenía menos de 18 años en el momento de su entrada en el territorio de un Estado miembro y de la presentación de su solicitud de asilo en ese Estado, pero que, durante el procedimiento de asilo, alcanza la mayoría de edad y posteriormente obtiene asilo con efectos retroactivos a la fecha de su solicitud?
La interrupción de la prescripción es una forma de mantener la vigencia del derecho, porque el efecto extintivo propio de la prescripción deja de producirse cuando se demuestra que se ha ejercitado la acción o se ha reclamado el derecho antes de la llegada del plazo. La principal consecuencia que produce es la de tener que volver a contar el plazo de prescripción de nuevo por entero, iniciándose el cómputo el día siguiente al que termina el acto interruptivo.
Sobre la obligación de asistir a mediación obligatoria se ha escrito mucho con argumentos tanto a favor, como por ejemplo D. Miguel A. Moreno Ramos, Abogado del ICAM y Mediador (SP/DOCT/22870), como con argumentos en contra, como D. Pablo José Corrales Aragón, Abogado y Mediador (SP/DOCT/20870). De hecho, la cuestión es tan polémica que Sepín trato este tema en una edición digital “La sesión informativa en mediación” (Id Edición: 38606), dónde, además de la opinión de varios autores, resoluciones judiciales dónde se justificaban las razones por las que se debe acudir a dicha sesión, incluso antes de interponer demanda, también se recogen formularios y diversa jurisprudencia donde se reflexiona sobre los beneficios para acudir a dicha sesión informativa obligatoria.
En esta ocasión, nos vamos a ocupar de la llamada donación encubierta de un bien inmueble, supuesto que se produce cuando nos encontramos ante un contrato de compraventa en el que, de manera aparente, se dan todos los requisitos exigidos para su validez, pero siendo la verdadera intención de las partes, realizar una donación del bien inmueble, que es el negocio realmente querido y simulado.
En Sepín fuimos pioneros en constatar la increíble contradicción existente entre el art. 267.9 LOPJ (modificado por la LO 1/2009) y el nuevo art. 215.5 LEC (modificado por la Ley 13/2009), máxime cuando ambas reformas son de la misma fecha.
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 13 de marzo de 2018 (Asunto Stern Taulats y Roura Capellera contra España) (SP/SENT/947320), cuya traducción al español se ha hecho pública recientemente, determina que el acto de la quema de una fotografía de nuestros monarcas (hoy eméritos) se enmarca en el campo de la crítica política a las instituciones de la monarquía, y por lo tanto, su condena penal por los Tribunales españoles vulnera la libertad de expresión.
En primer lugar, tenemos que preguntarnos ¿son verdaderamente autónomos los vehículos autónomos? La respuesta parece que depende de que se trate de un video publicitario, o se pregunte tras un accidente. Y es que, en función de una u otra respuesta se podrá atribuir la responsabilidad de los daños que produzcan estos vehículos.
El objeto de este post se justifica con la reciente publicación de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 6 de marzo de 2018 en relación con la eficacia jurídica del Código Ético y de Conducta de la Banca March, dictada en un contexto en el que las empresas están concienciadas sobre la importancia de contar con una política de cumplimiento normativo, tras la reciente reforma del Código Penal.
El pasado sábado 14 de abril se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, dicha modificación tiene por objeto trasponer al ordenamiento las Directivas 2014/26/UE y la 2017/1564.
La duración de un contrato es condición esencial del mismo y son muchos los matices a tener en cuenta en el arrendamiento de vivienda: ¿Cuál es el plazo mínimo?, ¿Procede su prórroga y por cuánto tiempo? ¿En caso de que el arrendatario no quiera renovar, cuándo debe comunicarlo? ¿Puede el arrendador, en caso de necesidad de la vivienda arrendada, resolver el contrato?
Dispone el art. 448.2 LEC que “Los plazos para recurrir se contarán desde el día siguiente al de la notificación de la resolución que se recurra, o, en su caso, a la notificación de su aclaración o de la denegación de esta”.
La complejidad del procedimiento concursal y las continuas modificaciones que ha sufrido la ley que lo regula, Ley 22/2003, han generado toda una serie de dudas y de incertidumbres que es preciso afrontar. Por ello es fundamental la labor del Tribunal Supremo a la hora de definir la interpretación, el concepto y las normas de aplicación de los principales institutos concursales. Es en materia de procesos de insolvencia cuando este papel del Tribunal se hace más necesario.
En los últimos días todo el mundo ha analizado el incidente acaecido tras la Misa de Pascua de 2018, debido al comportamiento de nuestras actuales reinas.
¿Qué es?
No existe en el Código Civil precepto legal específico que lo regule, siendo una figura de creación jurisprudencial permitida por el principio de la autonomía privada o de la libertad contractual, recogido en el art. 1.255 del Código Civil, razón por la que hemos decidido dedicar este espacio a analizar esta figura tan común y frecuentemente utilizada.
Samuel de Huerta Hernández
El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una interesante sentencia en materia de atribución del uso de la vivienda (Sentencia de la Sala Primera, de lo Civil, de 6 de febrero de 2018), supuesto en el que las partes habían acordado en convenio que la citada atribución a favor de la menor y de su madre duraría hasta que la vivienda fuese vendida o se hiciera efectivo el acuerdo de liquidación en los cónyuges. Así, el marido planteó la división de la cosa común, allanándose la esposa a la demanda, procediéndose a la ejecución de la sentencia y a la subasta pública del bien, que, finalmente, fue adjudicado, junto con la plaza de aparcamiento, al marido, quien, además, asumió el pago de la hipoteca del inmueble, pasando a ser propietario en pleno dominio de la que fuera vivienda familiar.
Este post es la continuación del publicado hace ya unos meses, PARKINGS PÚBLICOS I: ¿el estacionamiento regulado lo es? ¿Se cobra por minutos? ¿deben tener vigilancia? ¿se hacen cargo del robo del móvil, la radio o el GPS?, y cierra el estudio sobre las diferentes cuestiones que puede suscitar el aparcamiento de nuestro vehículo en un parking público.