El mes de agosto fue nefasto para algunas familias de los barrios de Tetuán y de Carabanchel que vieron como sus viviendas se desplomaban, perdiendo muchas de sus pertenencias y recuerdos, y teniendo que afrontar un futuro lleno de incertidumbre. En ambos casos se había pasado la Inspección Técnica de Edificios (ITE), en el inmueble de Carabanchel, en 2012: resultando que había defectos por subsanar en la fachada, pero ningún problema estructural, siendo la causa del derrumbe el colapso de un pilar. En el de Tetuán, en 2014, siendo el origen del siniestro la ‘fatiga de materiales’. En un caso la aseguradora ha asumido la cobertura como caso excepcional, y por razones sociales, y en el otro la ha denegado.
Pero, si los defectos eran de tal calibre que llevaron al hundimiento de los edificios, ¿no eran tan evidentes que se deberían haber detectado en la ITE?. Lo cierto es que en SEPIN, ya examinamos esta cuestión en Diciembre de 2010 con la encuesta, “Aprobada la Inspección Técnica de Edificios, aparecen defectos que debieron constar en la misma. ¿A qué acciones y/o responsabilidades pueden dar lugar y contra quién?”.