El blog jurídico de Sepín

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Obligaciones y Contratos

Una reforma para unificar el dies ad quem de plazos procesales y plazos sustantivos ante los órganos judiciales

Debe tenerse presente que el artículo 5 del Código Civil recoge dos reglas fundamentales en relación con el cómputo del tiempo, reglas que revisten gran importancia en el ámbito jurídico. La primera regla, contemplada en el apartado 1 del mencionado precepto, determina que, salvo indicación expresa en contrario, los plazos señalados por días comenzarán a computarse desde el día siguiente al que se establezca como inicial. Por otro lado, si los plazos están fijados en meses o años, se contarán de fecha a fecha, y si en el mes del vencimiento no existe un día equivalente al inicial, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. La segunda regla, consagrada en el apartado 2, establece que en el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.

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El contrato de transacción: regulación en el CC y tratamiento jurisprudencial

Dedicamos este espacio al contrato de transacción, que el Código Civil define en el art. 1809 CC señalando que “es un contrato por el cual las partes, dando, prometiendo o reteniendo cada una alguna cosa, evitan la provocación de un pleito o ponen término al que había comenzado”.

Como establece la jurisprudencia consultada la transacción se refiere a todo convenio dispositivo por el que, y mediante recíprocas prestaciones y sacrificios, se eliminan pleitos pendientes o futuros así como la incertidumbre de las partes sobre una relación jurídica que, mediante pacto, pasa a revestir una configuración cierta y vinculante".

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¿Qué es la usucapión? Concepto y requisitos de esta forma de adquirir el dominio

El tiempo tiene una gran influencia en el ámbito de las relaciones jurídicas, hay que tener en cuenta que el mundo jurídico es un mundo de plazos, de días de término y de expiración. Son muchas las pretensiones que se ven frustradas ante los Tribunales, no por la ausencia de razón de la parte actora, sino porque ha transcurrido el plazo para poder ejercitar una acción.

Debemos tener en cuenta que el transcurso del tiempo afecta tanto al nacimiento de los derechos (usucapión o prescripción adquisitiva), como a la pérdida de estos (prescripción extintiva).

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¿Es posible aplicar a los contratos de arrendamientos de servicios profesionales de abogados la legislación de consumidores?

El contrato de arrendamiento de obra y servicios profesionales, como una modalidad de los regulados en el art. 1544 CC, obliga al profesional contratado, a efectuar el cometido encargado a cambio del pago de los honorarios pactados o tarifados, cuya prueba de abono corresponde a la parte demandante en el sentido de que no sólo se le encargó sino que efectivamente se ejecutó el trabajo encomendado, en cuanto hecho constitutivo y base de la pretensión que se ejercita, no habiendo sido remunerado.

 A lo largo de este post vamos a desentrañar si a este tipo de contratos son aplicables las normas contenidas en el TRLGCYU, lo que tiene especial relevancia de cara a poder valorar la posible abusividad de los honorarios establecidos, o si sobre los mismos es posible hacer un control de transparencia.

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Análisis de las 4 categorías de ineficacia contractual: nulidad, anulabilidad, rescisión y resolución

La ineficacia contractual se produce cuando un contrato o negocio jurídico deja de producir efectos, y entre sus causas es preciso distinguir una categoría de ineficacia inicial, que se refiere a la nulidad absoluta o de pleno derecho (cuando un contrato carece totalmente de efectos desde el mismo momento de su celebración) de la ineficacia sobrevenida, la cual puede derivar de la anulabilidad o nulidad relativa, la rescisión, o la resolución.

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Acción de anulabilidad por simulación relativa ¿plazo de prescripción o de caducidad?

Es bien sabido que la prescripción y la caducidad son instituciones de vital importancia en nuestro ordenamiento jurídico. Recientemente el Tribunal Supremo, en su sentencia de 23-12-2021 se ha pronunciado sobre la calificación jurídica del plazo de 4 años previsto en el art. 1301 CC para el ejercicio de la acción de anulabilidad por concurrir simulación relativa, resolución en la que ha efectuado una interesante caracterización de ambas figuras jurídicas.

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