El blog jurídico de Sepín

Se reabre el debate sobre la concreción horaria por reducción de jornada «ex» art. 37.7 ET

 

El objeto de este post se justifica con la reciente publicación de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 234/2016, de fecha 9 de marzo de 2016, recaída en el Recurso de Suplicación 990/2015, en cuya parte dispositiva se desestima el mismo interpuesto por la mercantil LABORATORIOS PHERGAL, S. A., contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Madrid con fecha 29 de junio de 2015.

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La habitualidad en el maltrato

 

El maltrato habitual se recoge en los apdos. 2 y 3 del art. 173 del Código Penal, bajo la mención en el apdo. 2, “El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre… ” y pasa a enumerar a los sujetos pasivos del tipo. Los factores que nos indican cómo considerar que existe habitualidad nos los da el apdo. 3: “Para apreciar la habitualidad a que se refiere el apartado anterior, se atenderá al número de actos de violencia que resulten acreditados, así como a la proximidad temporal de los mismos, con independencia de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma o diferentes víctimas de las comprendidas en este artículo, y de que los actos violentos hayan sido o no objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores”.

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Las bicicletas son para el verano (II parte. Infracciones y sanciones)

 

Siguiendo con el post anterior y puesto que el ciclista es un conductor supeditado a la normativa de tráfico, se muestran a continuación las principales infracciones y sanciones, según las leyes estatales, sin olvidar que son fundamentales las Ordenanzas Municipales de Circulación de Peatones y Ciclistas.

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Cláusula suelo: hay que devolver la deducción por inversión en vivienda más intereses de demora

 

A cualquier profano en la materia, sea por el interés propio en su préstamo o por la notoriedad en los distintos medios, no le resulta ajeno el hecho que, desde la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, la reclamación a las entidades bancarias de la denominada cláusula suelo inserta en un contrato de préstamo con tipo de interés variable podrá conllevar su declaración como cláusula abusiva y, por ende, nula. Por ello,  procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula, como mínimo desde la fecha de publicación de dicha Sentencia.

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