Las liquidaciones por la plusvalía municipal se reclaman y se devuelven
Tras distintas resoluciones en las que el derecho a la devolución del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o plusvalía municipal en sucesivas) es reconocido en relación con las autoliquidaciones, el Tribunal Supremo en sentencias de 28 de febrero y de 4 de marzo del 2024 procede a reconocer el derecho a la recuperación del impuesto a contribuyentes que lo abonaron mediante su liquidación. La devolución en cada uno de los supuestos se ha instado mediante un procedimiento de revisión de actos nulos de pleno derecho, desestimados hasta la sentencia que citamos, y solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador, incluyéndose en este segundo supuesto la devolución de la sanción impuesta.