Terapia familiar: Posibilidad o imposición
Es cada vez más frecuente ver que los tribunales aconsejan a las partes que acudan a mediación familiar si no logran solucionar sus diferencias, pues lo único que se consigue manteniéndose en el conflicto es perturbar la tranquilidad de los menores, tan necesaria para un adecuado desarrollo integral de su personalidad. Así lo establece el art. 236 del CCCat, al señalar en su apartado 3: «La autoridad judicial puede remitir a los cónyuges a una sesión informativa sobre mediación, si considera que, dadas las circunstancias del caso, aún es posible llegar a un acuerdo.»