El blog jurídico de Sepín

Expulsión o multa a un extranjero en situación irregular: nueva polémica tras la sentencia del TJUE

A un extranjero que se encontrara en España en situación irregular, ¿se le debía aplicar la sanción de multa o, por el contrario, la más severa de expulsión del territorio nacional? Todos aquellos juristas que actúan en el ámbito del derecho de extranjería son conscientes de la polémica existente sobre esta cuestión. Sin embargo, este caballo de batalla del derecho español se ha visto ahora superado por una nueva controversia mucho mayor, la adecuación de nuestro sistema sancionador al derecho de la Unión Europea.

Así, el pasado 23 de abril, la Sala Cuarta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una Sentencia [asunto C-38/14 (SP/SENT/806961)] que quiebra el régimen sancionador en materia de extranjería aplicable en España; la trascendencia de la sentencia hizo que sepín no dudara en difundirla rápidamente a través de su boletín electrónico con el objeto de que todos nuestros suscriptores pudieran conocer con inmediatez un pronunciamiento de tanto calado, que seguro afectará, aunque está por ver cómo, a los procedimientos abiertos tanto en vía administrativa como ya en sede judicial.

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Las mejoras técnicas introducidas en los delitos de hurto y de robo por la reforma del Código Penal de 2015

Entre las sucesivas revisiones del Código Penal desde su aprobación hace ya 20 años, la llevada a cabo por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo (SP/LEG/17255), que entrará en vigor el próximo 1 de julio, constituye una de las más trascendentes, no ya solo por la propia extensión de la reforma, sino por la enjundia de algunas de sus modificaciones. Concretamente estoy pensando en dos de ellas, ambas sujetas a polémica; una, la nueva prisión permanente revisable, y otra, la supresión de las faltas, novedades a las que ya hemos tenido ocasión de referirnos en este blog.

Pero ahí no se agotan las reformas introducidas por aquella Ley Orgánica, que son múltiples (véase el cuadro comparativo de dicha Ley -SP/DOCT/18988-). Otras aprovechan para mejorar técnicamente la redacción del precepto o el tratamiento de la figura delictiva, buscando solventar problemas interpretativos o prácticos. Es el caso, por ejemplo,

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¿Sirven como prueba las fotocopias?

En la práctica forense civil es muy frecuente que, junto con la demanda y la contestación de los letrados, aportemos fotocopias de los documentos y no los originales, lo cual puede obedecer a muchas razones: no disponer de los mismos, los hemos extraviado, que se encuentren en poder de un tercero, que los originales ya estén incorporados a un previo o simultáneo proceso judicial o administrativo (supuesto en el cual se podía y debería haber pedido previamente el desglose, cosa que muchas veces no hacemos) o, finalmente, que no nos queramos desprender de los originales o que, dado a las nuevas tecnologías, solo dispongamos de los documentos escaneados o de los pdf del original.

Cuando ello acontece, surgen de inmediato una serie de preguntas:

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Si me donan un bien, ¿Qué obligaciones tengo respecto al donante una vez efectuada la donación?

Sabemos que la donación viene definida en el art. 618 de nuestro CC como aquel acto de liberalidad, por el cual una persona, donante, dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra, donatario, que la acepta; es decir, produce, por un lado, un aumento del patrimonio del donatario y, por otro, una disminución del patrimonio del donante.

Aunque es cierto que la donación es un contrato unilateral, en el sentido de que la obligación principal corre única y exclusivamente a cargo del donante, exige la aceptación del donatario para que se pueda perfeccionar.

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¿Quieres saber qué es la responsabilidad civil?

El libro Responsabilidad Civil. Aspectos Fundamentales publicado por SEPIN, y coordinado por el Magistrado de la Sala I del Tribunal Supremo, Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana, ha alcanzado su segunda edición. Los cambios que en los últimos tiempos ha experimentado una de las instituciones jurídicas más conocidas en nuestro Derecho Civil, como es la responsabilidad civil, asociada al seguro del mismo nombre, nos ha conducido a la necesidad de actualizar el texto. Por ello, esta obra recoge la constante evolución que se sigue produciendo, tanto en la jurisprudencia como en la doctrina científica desde el año 2007 en que se publicó la primera edición.

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La controvertida expresión de “salvar el voto” en las Comunidades de Propietarios

Desde la reforma de la LPH por la Ley 8/99, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 18.2 ”Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto….”.

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Nulidad de cláusula suelo: Solo se deben devolver los intereses abonados con posterioridad a la STS 9-5-2013

El Pleno del Tribunal Supremo, en su Sentencia de 25 de marzo de 2015 ha fijado como doctrina lo siguiente:

«Que cuando en aplicación de la doctrina fijada en la sentencia de Pleno de 9 de mayo de 2013, ratificada por la de 16 de julio de 2014, Rc. 1217/2013 y la de 24 de marzo de 2015, Rc. 1765/2013 se declare abusiva y, por ende, nula la denominada cláusula suelo inserta en un contrato de préstamo con tipo de interés variable, procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula a partir de la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013«.

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Aspectos fundamentales del delito de daños informáticos y de la investigación de delitos tecnológicos

El Grupo Especializado en Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Granada organizó el pasado mes de marzo una jornada sobre: “El Delito de Daños Informático. Conceptos Básicos, Investigación y Enjuiciamiento”.

A lo largo de la jornada, D. Francisco Rodríguez Gómez, Jefe de la Unidad de Delitos Tecnológicos de la Policía Nacional de Granada, expuso una interesantísima ponencia sobre:“Aspectos básicos de la investigación del Delito informático”, y D. Francisco Hernández Guerrero, Fiscal Delegado de Criminalidad Informática de Granada, nos habló sobre, “El Delito de daños informático, aproximación y cuestiones prácticas.”.

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¿Y si no puedo pagar la pensión alimenticia?

¿Qué puede hacer el obligado al pago de la pensión alimenticia cuando carece absolutamente de medios económicos para hacer frente a la misma? Lógicamente deberá acudir a un procedimiento de modificación de medidas solicitando su reducción, suspensión o extinción. El gran inconveniente, aun cuando como vamos a ver tenga derecho a ello, será la tardanza en resolver de algunos Juzgados de familia, consecuencia del colapso que soportan.

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Las novedades legislativas en materia de extranjería más importantes desde principio de año

Como viene siendo habitual en estos últimos tiempos, se publica una norma que a su vez, reforma normas que a priori no tienen nada que ver, recuerden las llamativas Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (SP/LEG/12127), que modifica entre otras leyes, la de Propiedad Horizontal (SP/LEG/1894), o la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (SP/LEG/12153) que modifica la Ley de Extranjería, o la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (SP/LEG/12701), que modifica IVA, IS, IRPF, concursal, responsabilidades, trámites, extranjería… razón por la se hace invevitable hacer un recopilatorio de los preceptos desperdigados de las reformas que se han acometido en estos cuatro primeros meses y que afectan a la materia de Extranjería.

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Tiempos inciertos: Guía sobre contratación Bancaria

 

Este post está dedicado a la nueva obra que publica Sepín, coordinada por Enrique Sanjuán y Muñoz que también es coautor y escrita por un magnífico equipo de colaboradores, Magistrados del Tribunal Supremo, Magistrados especialistas en Mercantil, catedráticos, profesores y asesores jurídicos de banca. Hemos llenado un hueco muy necesario, solo las asociaciones de consumidores y en otro nivel, quizás contrario, las empresas de servicios de inversión y los consultores privados, tenían parte de la llave que abre el complejo e intrincado mundo de la contratación   bancaria. Y lo hemos hecho, en el momento en el que no cabe duda de que todos somos conscientes de que acudir a una entidad de crédito a adquirir algún producto, o incluso abrir una cuenta corriente, conlleva toda una serie de consecuencias y de factores esenciales por su trascendencia económica y por tanto personal.

El libro que presentamos es, además, eminentemente práctico y comprende cuadros, esquemas, definiciones y croquis que lo hacen aún más visualizable y útil.

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El futuro juicio verbal, ¿acabará la contestación escrita con la lucha de David frente a Goliath?

Se ha presentado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil. (121/000133).

Dicho Proyecto que, a fecha de elaboración de este comentario, se encuentra en fase de enmiendas, contiene una serie de modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero entre las que destacamos: las nuevas funciones de los procuradores, el fomento del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en la Administración de Justicia así como un mayor control de las posibles cláusulas abusivas en el monitorio y desde luego la modificación del art. 1964 del CC reduciendo el plazo general de prescripción de las acciones personales de quince a cinco años.

Pero el objeto de este comentario es poner de manifiesto la profunda transformación que el Proyecto va a suponer en el juicio verbal si resulta finalmente aprobado.

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Se persiguen los alquileres en la red no declarados y el comercio electrónico de éxito

La Agencia Tributaria en Resolución de 9 de marzo de 2015 ha dado a conocer las directrices básicas del Plan de Control Tributario durante el ejercicio del 2015.

Como principal objetivo, la consideración del fraude fiscal como una conducta de “competencia desleal”, entendida sobre los perjuicios que se infringen a las empresas y particulares que cumplen con sus obligaciones tributarias por aquellas que no lo realizan y que las sitúan en una “peor” posición competitiva.

Como novedades, un nuevo principio  de colaboración entre la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo,  la facultad de la primera para el seguimiento y empleo de Internet con el fin de descubrir la existencia de fraudes en alquileres de inmuebles en forma irregular y la percepción de rentas no declaradas. El personal dependiente de Hacienda podrá realizar el seguimiento de ofertas en la web de particulares que ceden total o parcialmente viviendas para su uso y que perciben un alquiler, en forma de rentas irregulares, que no se declara.

Respecto al comercio electrónico, se realizarán seguimiento de aquellas empresas que tengan un especial éxito en sus transacciones de bienes o servicios a través de Internet (redes sociales entre otros) para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica

Por otra parte, se analizará muy especialmente la posible utilización de programas informáticos («software de doble uso») que alteren la facturación real, renumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.

En resumen:

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Diez primeras cosas que debe tener en cuenta un mediador

Para aquellos que están considerando orientarse profesionalmente a la mediación, voy a traer a colación diez detalles que debería de tener en cuenta un mediador antes de sentarse con dos partes enfrentadas entre sí, que no dudarán en levantar el tono de voz, iniciar una desagradable discusión en relación con el conflicto que les ha traído a mediación en presencia de un tercero desconocido, y que, incluso, pueden llegar a las lágrimas.

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