Supresión de barreras arquitectónicas, ¿puede la Comunidad obligar a la constitución de servidumbres en elementos privativos?
En primer lugar, quiero aclarar a los lectores que, este post, será aplicable solo a las Comunidades regidas por la propiedad horizontal de Cataluña, no al resto, pues la respuesta al interrogante planteado será diferente si tenemos en cuenta la LPH estatal.