El blog jurídico de Sepín

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Juan Manuel Carrillo

Abogado. Sepín Familia y Sucesiones y Mercantil y Concursal

Pago de deuda ganancial con dinero privativo tras la disolución del régimen

Comentamos en estas líneas la sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, 556/2024, de 24 de abril. Recurso 3370/2021 (SP/SENT/1219518). Resuelve sobre un supuesto de hecho como es la reclamación en la liquidación de gananciales de pagos realizado por un excónyuge, con dinero propio, de deudas gananciales tras la disolución del régimen.

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La capacidad universal para contraer matrimonio

Para contraer matrimonio se requiere la voluntad de querer contraerlo y cumplir los requisitos legales, así nuestro Código Civil aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889 (SP/LEG/2311) dispone en el art. 441.1: “Toda persona tiene derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código”. Siendo el principal requisito el consentimiento, así el art. 45.1 señala “No hay matrimonio sin consentimiento matrimonial”.
De manera que en principio toda persona que pueda emitir dicho consentimiento puede contraer matrimonio. Los art 46 y 47 disponen quienes no pueden contraer matrimonio, como puede ser los menores de determinada edad.

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Aproximación a la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

El pasado día 29 de septiembre el BOE publicó la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (SP/LEG/38334), ley que entra en vigor en su mayoría el 19 de octubre de 2022.

La creación de empresas y su crecimiento es esencial en todos los sectores de la economía, teniendo esta ley dicho objeto mejorar el clima de negocios, impulsar el emprendimiento y fomentar el aumento del tamaño empresarial, así como el despliegue de redes de colaboración e interacción.

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Responsabilidad aseguradora en el caso del Prestige: Laudo versus Sentencia

El pasado lunes, 20 de junio de 2022, se dictó la sentencia del TJUE que pone fin al conflicto existente en relación a la reclamación frente a la aseguradora derivada por el desastre del Prestige, entre España y U.K. resolviendo sobre el conflicto entre un laudo arbitral y una sentencia firme distada por distintos Estados miembros y de contenido incompatible entre ambas.

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La cláusula suelo en el préstamo hipotecario de no consumidores

 

Ahora que ha pasado tiempo y tenemos un criterio jurisprudencial claro sobre las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios, no es discutido que la misma es una cláusula perfectamente válida siempre que se cumplan los requisitos legales para ello, en caso contrario en los préstamos hipotecarios con consumidores será nula por abusiva, nulidad que finalmente tiene efectos retroactivos desde que comenzó a aplicarse la misma, sobre ello se ha escrito en demasía.

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Fijación de la retribución anual de los administradores por la junta general, ¿Cuándo debe adoptarse dicho acuerdo, al comienzo del ejercicio o después?

 

En este post daremos respuesta a dicha cuestión, que ocurre cuando la remuneración del administrador social sea un sueldo que deba ser fijado por la junta general anual, ¿debe ser al comienzo del ejercicio o puede adoptarse posteriormente antes del cierre?

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Luz al final del túnel: Prescripción gastos hipotecarios

Distintos medios de comunicación y portales de internet como ideallista.com (https://www.idealista.com/news/finanzas/hipotecas/2021/05/28/790688-cuenta-atras-para-saber-el-plazo-para-reclamar-los-gastos-hipotecarios-el-supremo) se hacen eco de la noticia de la Audiencia Provincial de Jaén que acaba de suspender el fallo de un recurso sobre la prescripción de los gastos hipotecarios, así dispone: «No habiéndose llevado a cabo la deliberación de la Sentencia en la fecha señalada (14 de mayo de 2021), pues, ante la reciente sentencia del TJUE resolviendo en cuestión prejudicial sobre el plazo de prescripción de la acción de reclamación de los gastos atribuidos a los prestatarios consumidores, esta Sala estaba estudiando si procedía mantener o modificar el criterio que seguía al respecto, y habiéndose tenido conocimiento de que la Sala Primera del Tribunal Supremo tiene señalado para el día 23 de junio la deliberación de los recursos de casación que versan sobre dicha cuestión, lo que serviría para unificar la doctrina de criterios existentes en las Audiencias Provinciales, se ha considerado procedente, con el fin de evitar innecesarios y costosos recursos de casación, dejar en suspenso la deliberación, votación y fallo de este recurso hasta el dictado de la sentencia por el Tribunal Supremo».

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