Ya se encuentra en las Cortes Generales, para su tramitación parlamentaria por la vía de urgencia, el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
En palabras del Gobierno, su objetivo es “remover los obstáculos que impiden el ejercicio del derecho efectivo de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y a decidir sobre sus propios cuerpos.”
A propósito de esta reforma de la llamada "Ley del Aborto", analizamos las principales novedades que presenta la norma y profundizamos en determinados aspectos relacionados con el derecho fundamental a la objeción de conciencia, en general, y del ejercicio individual de este derecho por parte del personal sanitario, en particular, así como las posibles repercusiones Constitucionales y en el ámbito de la Protección de Datos Personales, de la creación de un Registro de personal sanitario objetor de conciencia.