El día 21 de octubre de 2013 la Gran Sala del Tribunal Europeo resuelve definitivamente el recurso planteado por Inés del Río, condenando a España, además de a la puesta en libertad de la apelante, a indemnizarla en la suma de 30.000 euros por daños morales en un plazo de tres meses, además de 1.500 euros por gastos y honorarios.
En este sentido, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional mediante Auto de 22 de octubre de 2013 (SP/AUTRJ/736549), toma la decisión de no abonar a Inés del Río la compensación de 30.000 euros por daños morales que le concedió el Tribunal de Estrasburgo, y destinará, en cambio, este dinero a una «compensación de deudas», puesto que la etarra debe al Estado 253.000 euros en concepto de indemnizaciones por sus atentados, de forma que se imputarán al pago de las responsabilidades civiles pendientes, incluso al derecho de subrogación del Estado, la indemnización acordada en concepto de daño moral.