A la cárcel por enlazar: objetivo conseguido
El pasado viernes 20 de septiembre el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, remitiendo dicho texto a las Cortes Generales para comenzar los trámites legislativos correspondientes.
Huelga decir que el texto todavía no es definitivo y que en la tramitación parlamentaria es susceptible de ser modificado, así que hasta su futura publicación en el Boletín Oficial del Estado no se podrá realizar un análisis definitivo de esta reforma.
En esta última versión del texto modificador llama la atención la nueva redacción del art. 270, donde, en el párrafo segundo del apartado 1, se criminaliza la acción de facilitar “el acceso o la localización de obras o prestaciones protegidas ofrecidas ilícitamente en Internet, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”.