El blog jurídico de Sepín

¿Y si no puedo pagar la pensión alimenticia?

¿Qué puede hacer el obligado al pago de la pensión alimenticia cuando carece absolutamente de medios económicos para hacer frente a la misma? Lógicamente deberá acudir a un procedimiento de modificación de medidas solicitando su reducción, suspensión o extinción. El gran inconveniente, aun cuando como vamos a ver tenga derecho a ello, será la tardanza en resolver de algunos Juzgados de familia, consecuencia del colapso que soportan.

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Las novedades legislativas en materia de extranjería más importantes desde principio de año

Como viene siendo habitual en estos últimos tiempos, se publica una norma que a su vez, reforma normas que a priori no tienen nada que ver, recuerden las llamativas Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (SP/LEG/12127), que modifica entre otras leyes, la de Propiedad Horizontal (SP/LEG/1894), o la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (SP/LEG/12153) que modifica la Ley de Extranjería, o la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (SP/LEG/12701), que modifica IVA, IS, IRPF, concursal, responsabilidades, trámites, extranjería… razón por la se hace invevitable hacer un recopilatorio de los preceptos desperdigados de las reformas que se han acometido en estos cuatro primeros meses y que afectan a la materia de Extranjería.

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Tiempos inciertos: Guía sobre contratación Bancaria

 

Este post está dedicado a la nueva obra que publica Sepín, coordinada por Enrique Sanjuán y Muñoz que también es coautor y escrita por un magnífico equipo de colaboradores, Magistrados del Tribunal Supremo, Magistrados especialistas en Mercantil, catedráticos, profesores y asesores jurídicos de banca. Hemos llenado un hueco muy necesario, solo las asociaciones de consumidores y en otro nivel, quizás contrario, las empresas de servicios de inversión y los consultores privados, tenían parte de la llave que abre el complejo e intrincado mundo de la contratación   bancaria. Y lo hemos hecho, en el momento en el que no cabe duda de que todos somos conscientes de que acudir a una entidad de crédito a adquirir algún producto, o incluso abrir una cuenta corriente, conlleva toda una serie de consecuencias y de factores esenciales por su trascendencia económica y por tanto personal.

El libro que presentamos es, además, eminentemente práctico y comprende cuadros, esquemas, definiciones y croquis que lo hacen aún más visualizable y útil.

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El futuro juicio verbal, ¿acabará la contestación escrita con la lucha de David frente a Goliath?

Se ha presentado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil. (121/000133).

Dicho Proyecto que, a fecha de elaboración de este comentario, se encuentra en fase de enmiendas, contiene una serie de modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero entre las que destacamos: las nuevas funciones de los procuradores, el fomento del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en la Administración de Justicia así como un mayor control de las posibles cláusulas abusivas en el monitorio y desde luego la modificación del art. 1964 del CC reduciendo el plazo general de prescripción de las acciones personales de quince a cinco años.

Pero el objeto de este comentario es poner de manifiesto la profunda transformación que el Proyecto va a suponer en el juicio verbal si resulta finalmente aprobado.

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Se persiguen los alquileres en la red no declarados y el comercio electrónico de éxito

La Agencia Tributaria en Resolución de 9 de marzo de 2015 ha dado a conocer las directrices básicas del Plan de Control Tributario durante el ejercicio del 2015.

Como principal objetivo, la consideración del fraude fiscal como una conducta de “competencia desleal”, entendida sobre los perjuicios que se infringen a las empresas y particulares que cumplen con sus obligaciones tributarias por aquellas que no lo realizan y que las sitúan en una “peor” posición competitiva.

Como novedades, un nuevo principio  de colaboración entre la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo,  la facultad de la primera para el seguimiento y empleo de Internet con el fin de descubrir la existencia de fraudes en alquileres de inmuebles en forma irregular y la percepción de rentas no declaradas. El personal dependiente de Hacienda podrá realizar el seguimiento de ofertas en la web de particulares que ceden total o parcialmente viviendas para su uso y que perciben un alquiler, en forma de rentas irregulares, que no se declara.

Respecto al comercio electrónico, se realizarán seguimiento de aquellas empresas que tengan un especial éxito en sus transacciones de bienes o servicios a través de Internet (redes sociales entre otros) para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica

Por otra parte, se analizará muy especialmente la posible utilización de programas informáticos («software de doble uso») que alteren la facturación real, renumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.

En resumen:

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Diez primeras cosas que debe tener en cuenta un mediador

Para aquellos que están considerando orientarse profesionalmente a la mediación, voy a traer a colación diez detalles que debería de tener en cuenta un mediador antes de sentarse con dos partes enfrentadas entre sí, que no dudarán en levantar el tono de voz, iniciar una desagradable discusión en relación con el conflicto que les ha traído a mediación en presencia de un tercero desconocido, y que, incluso, pueden llegar a las lágrimas.

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Reforma del artículo 18 de la LAU 29/94 y nuevo “Índice de Garantía de Competitividad”

El B.O.E. publica hoy, 31 de marzo, la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, que entrará en vigor mañana, 1 de abril de 2015. Entre las diversas novedades que la misma introduce, en el ámbito de los arrendamientos urbanos modifica en la Disposición final primera, el artículo 18 de la LAU 29/94, por lo que a partir de esta fecha habrá que estar, en defecto de pacto expreso entre las partes sobre mecanismo de revisión, al Índice de Garantía de la Competitividad (IGC), una alternativa al tradicional IPC que fomentará las ganancias de competitividad en relación a la Unión Europea.

En el Preámbulo de esta Ley, se indica que “la indexación es una práctica que permite modificar los valores monetarios de las variables económicas, de acuerdo con la variación de un índice de precios a lo largo de un período. La indexación con base en índices generales, como el Índice de Precios de Consumo (IPC), aunque es una convención ampliamente extendida, no necesariamente está justificada, ni produce beneficios para el conjunto de una economía desarrollada como la española.”

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Los acuerdos comunitarios ante la demora en la reforma del régimen de propiedad horizontal en Cataluña

Nuevamente escribo sobre el régimen de propiedad horizontal en Cataluña y “sin novedad en el frente”.

Lo cierto es que en el mes de octubre de 2014 en el que publique el post “Ante la reforma de Libro quinto del Código Civil de Cataluña. Deseo de ser diferente o simplemente error subsanable” pensé que el próximo tendría el aliciente de poder hacerlo sobre algo nuevo, con el entusiasmo que esto provoca pero, seis meses después de este escrito, me encuentro en la misma situación, he de volver a lo mismo, y no es que no se generen problemas por aplicación de esta regulación, téngase en cuenta el polémico entramado de las Comunidades de propietarios, es que la incertidumbre provoca, en ocasiones, desesperación y, en este caso, una duda para las Comunidades, ¿celebro Junta o espero a la reforma?

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La definitiva despenalización de las faltas y los nuevos delitos leves

En el Boletín Oficial del Estado del martes 31 de marzo de 2015 se han publicado dos reformas del Código Penal, la amplia que afecta a gran parte de su articulado (Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo; SP/LEG/17255) y la específica (Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, SP/LEG/17256), referida exclusivamente a los delitos de terrorismo (es la llamada comúnmente la Ley antiyihadista), así como la nueva Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo; SP/LEG/17259), esta última coherente y concordante con la despenalización de las faltas que lleva a cabo aquella extensa reforma del texto punitivo.

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