He de comenzar reconociendo que, cuando se publicó el BOE de 1 de mayo, la única disposición a la que presté realmente atención fue al Real Decreto 291/2015, de 17 de abril, por el que se modificaba el Reglamento de regulación de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia(SP/LEG/13440). Sí, es cierto que en el Boletín de ese día también, había un RD-Ley Derechos Audiovisuales (Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril –SP/LEG/17537-), sobre el que se había hablado mucho en los medios de comunicación en los días previos pero, sinceramente, a mi ni fu ni fa; simplificando mucho, pensé que ni a mi, ni a los suscriptores de sepín nos iba a caer nada de esos derechos de explotación televisiva del fútbol así que, muy bien por ellos y, a otra cosa.
Pero ojo, ese desinterés que mostré por la dichosa norma ha tornado en desasosiego, pues al parecer su contenido ha encrespado a los futbolistas profesionales que, a través de su Asociación (AFE), han convocado una huelga indefinida a partir del 16 de mayo, anunciando igualmente que solo se desconvocará la huelga «si se pactan cambios» en el Real Decreto-ley.