Recientemente, han adquirido una especial trascendencia en los medios de comunicación las decisiones judiciales en las que intervienen, como sujetos, ciudadanos frente a distintas entidades bancarias, en especial aquellas resoluciones judiciales en las que se estiman las pretensiones de los primeros. Ahora bien, tras «vencer» en los procedimientos o en las negociaciones se han de conocer los aspectos fiscales referidos a la transmisión patrimonial de las acciones, participaciones, inmuebles, etc. o, al tratamiento fiscal de la supresión de determinadas cláusulas contractuales que son calificadas como abusivas.
Consecuentemente, sin que ello sirva para desanimar a que se promuevan este tipo de acciones judiciales, en orden a reflejar los aspectos tributarios en estas situaciones, exponemos los principales criterios que la Dirección General de Tributos adopta con relación a la eliminación de las cláusulas suelo y sobre la contratación de acciones y participaciones preferentes: