El blog jurídico de Sepín

El TS confirma su criterio: concede el derecho a pensión a las dos viudas de un ciudadano marroquí casado en régimen de poligamia

 

El día 17 de diciembre el Tribunal Supremo se volvió a manifestar sobre una cuestión sobre la que ya se había pronunciado en enero de 2018, confirmando que es procedente la concesión de una pensión de clases pasivas a las diferentes esposas de un ciudadano marroquí casado en régimen de poligamia que fue soldado de las fuerzas especiales del ejército español, en concreto, de la Compañía de Ingenieros del Gobierno General del Sáhara, Grupo de Tiradores, que se encontraba en situación de retirado. (SP/SENT/1031519)

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Mecanismos de transferencias de datos personales ante un Brexit duro

Después de 3 años y medio, el Reino Unido está más cerca del Brexit, de hecho recientemente se ha aprobado el acuerdo de retirada en el Parlamento británico y está previsto la salida para el día 31 de enero de 2020. Antes de que eso ocurra, hoy vamos a explicar algunos fundamentos sobre protección de datos y las transferencias internacionales de datos personales.

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Recomendación a futuros compradores de vivienda: Hay que consultar el Registro Público Concursal

Cualquier persona que haya pasado por el trámite de comprar una vivienda, como regla general, lo primero que ha hecho, tras la meditada decisión de proceder a su adquisición, es solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad para conocer cuál es la situación registral del inmueble y si existen cargas sobre el mismo.

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Nuevo revés judicial europeo para los interinos de la Administración

Si el año 2016 fue para los interinos al servicio de la Administración Pública un año de satisfacciones y esperanzas en forma de resoluciones judiciales provenientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (recuérdese sentencias como “Porras I” o “Castrejana”) la situación dio un giro de 180 grados desde entonces, encontrándonos con pronunciamientos desalentadores en la lucha por la equiparación con los funcionarios de carrera de esos interinos que, de forma claramente fraudulenta, habían venido prestando servicios de forma continuada (muchas veces concatenando contratos temporales) para la satisfacción de necesidades permanentes de la Administración, desvirtuando de esta forma el concepto y naturaleza a la que debía responder la interinidad.

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Las llamadas perdidas a la expareja consuman el delito de quebrantamiento de la prohibición de comunicación

Los hechos

La STS, Sala Segunda, de lo Penal, 650/2019, de 20 de diciembre (SP/SENT/1031065), de la que ha sido Ponente el Ilmo. Magistrado D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, parte de los siguientes hechos probados: el acusado tenía prohibido acercarse a menos de 500 metros de su expareja, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, así como comunicarse por cualquier medio en virtud de Sentencia dictada el 9 de junio de 2016, con cese previsto de las prohibiciones el 17 de enero de 2018. El acusado tuvo conocimiento de la prohibición y, pese a ello, el 31 de mayo de 2017, a las 12:28 horas, llamó por teléfono a su expareja.

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La necesaria mayoría absoluta para la reforma de las Leyes Orgánicas

Estos últimos días los medios de comunicación están incidiendo en la noticia de que el nuevo Gobierno va a acometer una reforma del Código Penal en materia de delitos de rebelión y sedición. Realmente no se trata de una noticia inesperada a la vista de los pactos de investidura, algunos de los cuales desconocemos, pero intuimos. Este es uno de ellos y responde a la senda de “desjudicialización” de la vida política que se nos ha venido anunciando y que ya se ha emprendido con este primer peldaño.

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La inactividad en el pago de contratos públicos: se puede utilizar, aunque sólo se reclamen los intereses

Pues sí, así acaba de confirmarlo la Sala Tercera del Tribunal Supremo fijando como doctrina casacional que el específico “Procedimiento para hacer efectivas las deudas de las Administraciones Públicas” contenido en las últimas disposiciones sobre contratación pública (desde su incorporación, mediado el año 2010, a la entonces vigente la Ley 30/2007, de 30 de octubre -SP/LEG/3850-), puede ser empleado para reclamar de forma autónoma e independiente, al margen de la deuda principal ya abonada, los intereses de demora.

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