Requerimiento de información sobre minutas de sus abogados al Colegio: no procede
Recientemente por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD en sucesivas) se ha dado a conocer la consulta que por un Colegio de Abogados se elevaba sobre la legalidad de los requerimientos que por parte de la Administración Tributaria les realizaba para que facilitasen cierta información con trascendencia tributaria sobre sus colegiados.
La consulta de la AEPD se centra en lo ajustado a derecho que resulta comunicar a la Administración Tributaria, a requerimiento de ésta, los datos que sobre minutas de sus colegiados pudieran constar en sus ficheros consecuencia de procedimientos de “jura de cuentas”, reclamaciones judiciales o extrajudiciales o de determinación de costas procesales, así como su cesión.
El marco normativo parece claro, por un lado entraría en juego el derecho de la Administración a requerir este tipo de información, cuya legalidad del procedimiento no se cuestiona, y la afectación y la posible vulneración de los derechos de protección de datos de carácter personal que pudiera producirse del colegiado del que se ceden sus datos.