Notificaciones y traslados previos entre Procuradores en fase ejecutiva
Una de las novedades que introdujo la Ley Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, (SP/LEG/2012) para potenciar la actividad de las partes y, en concreto, del Procurador, descongestionando así el trabajo de los órganos judiciales y dando mayor celeridad a la actividad procesal evitando los llamados «tiempos muertos» de los actos de comunicación, como afirma en su Preámbulo, es que cuando las partes están representadas por Procurador en el procedimiento, los traslados de las copias de los escritos por ellas presentadas, ha de ser previo al profesional contrario antes de su presentación al órgano judicial.