¿Es lo mismo alegaciones complementarias que peticiones complementarias?
Aunque pudiera parecer que los conceptos “alegaciones complementarias” y “peticiones complementarias” son sinónimos, la doctrina los ha diferenciado, pues, a pesar de que se incluyan se incluyan en el mismo art. 426 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, tienen significados y finalidades distintas.