La plusvalía municipal no es inconstitucional si hubo incremento de valor del terreno
En los últimos meses, muchos Tribunales Superiores de Justicia (Madrid, Cataluña, Castilla y León, Navarra) consideraron que las liquidaciones del Impuesto de Plusvalía Municipal eran nulas de pleno derecho, también en los supuestos en los que, en la transmisión del terreno, se había producido incremento de valor. Y ello por considerarse que se habían dictado aplicando artículos declarados inconstitucionales y nulos, además de expulsados del ordenamiento jurídico. El Tribunal Supremo, en una Sentencia dictada el 9 de julio de 2018, ha puesto fin a esta interpretación, dando al traste con las expectativas que muchos contribuyentes se habían generado.