El blog jurídico de Sepín

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Obligaciones y Contratos (2)

Plazo de prescripción de la acción de reclamación de las cuotas impagadas a la comunidad de propietarios

El tiempo tiene una gran influencia en el ámbito de las relaciones jurídicas, hay que tener en cuenta que el mundo jurídico es un mundo de plazos, de días de término y de expiración, y en este sentido la prescripción es una institución de enorme importancia ya que son muchas las pretensiones que se ven frustradas ante los tribunales no porque la parte actora careciera de razón, sino porque había transcurrido el plazo para poder ejercitar la acción.

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Análisis del contrato de comodato y mutuo, diferencias y características

El contrato de préstamo tiene dos modalidades denominadas comodato y mutuo o simple préstamo, que se regulan en el art. 1740 CC, que establece: “Por el contrato de préstamo, una de las partes entrega a la otra, o alguna cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, en cuyo caso se llama comodato, o dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad, en cuyo caso conserva simplemente el nombre de préstamo. El comodato es esencialmente gratuito. El simple préstamo puede ser gratuito o con pacto de pagar interés.”

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Ampliación del plazo de prescripción de acciones personales: del 7 de octubre al 28 de diciembre de 2020

El art. 1964.2 del CC, encargado de establecer el plazo de prescripción de las acciones personales, fue modificado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, que supuso la primera actualización del régimen de prescripción contenida en nuestro Código Civil, que ha permanecido inalterable desde su publicación. Esta Ley, que entró en vigor el 7 de octubre de 2015, redujo de 15 a 5 años el plazo general establecido para las acciones personales.

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La cláusula rebus sic stantibus y la propuesta fallida de regulación en el Código Civil

En los períodos de crisis, como el actual, es necesario contar con mecanismos de flexibilización que permitan mantener o conservar los contratos. La declaración del estado de alarma plantea muchos problemas en relación con el cumplimiento de los contratos, perfilándose la cláusula rebus sic stantibus como el instrumento jurídico apropiado para resolver los múltiples conflictos económicos que se están produciendo por el impacto del COVID-19, permitiendo a las partes modificar el contrato cuando se ha producido un cambio en las circunstancias que había en el momento de su firma con la finalidad de reestablecer el equilibrio de las prestaciones de las partes sobre un principio de equidad.

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