El blog jurídico de Sepín

Cuenta atrás para acogerse a las medidas y ayudas del alquiler adoptadas por la crisis del COVID-19

Begoña Costas de Vicente

Directora de Sepín Arrendamientos Urbanos. Abogada

Desde el mes de marzo de 2020, con la declaración del Estado de alarma como consecuencia de la crisis sanitaria originada por COVID-19 asistimos a la aprobación de numerosas medidas de flexibilización en los alquileres, fundamentalmente sus dos preceptos principales, el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, para los arrendamientos de vivienda habitual y el Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, para los locales de negocio e industria, además de numerosas Ordenes y Resoluciones, que dan como resultado siete disposiciones estatales y más de cuarenta autonómicas que parten de la Orden 336/2020, de 9 de abril, sobre las ayudas y los préstamos del estado.

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¿Es responsable la empresa de la falta de cotización de trabajador RETA en reclamación de jubilación?

Concepción Morales Vállez

Magistrada de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid

El objeto de este comentario se justifica con la reciente publicación de Sentencia del Tribunal Supremo nº 700/2020, de fecha 22/07/2020, recaída en el RCUD nº 737/2018 [1], en cuya parte dispositiva se estiman los RCUD interpuestos frente a la Sentencia nº 1085/2017, de fecha 18/12/2017, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el Recurso de Suplicación nº 927/2017[2], interpuesto frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 19 de los de Madrid con fecha 26/07/2016, en los Autos nº 522/2015, seguidos a instancia del actor contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA en reclamación de jubilación, de modo que se casa y anula la Sentencia recurrida, y se resuelve el debate suscitado en Suplicación, desestimando el Recurso de Suplicación interpuesto y se ordena la firmeza de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 19 de los de Madrid, a la que ya hemos hecho referencia, en cuya parte dispositiva se declara el derecho del actor al cobro de una pensión de jubilación con arreglo a un porcentaje del 100% de la base reguladora de 2.535,94 €, y se condena a PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA al pago de la anterior prestación en lo que exceda de la parte reconocida por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sin perjuicio de su anticipo a cargo de éste con derecho de repetición, dentro de los límites del artículo 167 del RDLeg  8/2015 de 30 octubre[3].

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Desde noviembre, la sesión previa de mediación tendrá carácter obligatorio en Cataluña

Gema Murciano Álvarez

Redacción Jurídica de Sepín

Cataluña se adelanta a la legislación nacional y en aras de cumplir con el mandato dado en la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, (SP/LEG/4356) busca fórmulas para potenciar las ADR`s, y en concreto la mediación.

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¿Hasta cuándo se debe pagar la pensión alimenticia de los hijos?

Natalia García García

Directora de Sepín Familia. Abogada

Esta es, probablemente, una de las preguntas más frecuentes que el cliente formula cuando acude al despacho, junto con la relativa a la cantidad que va a tener que abonar. Resulta más sencillo contestar a esta última y comentarle que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dispone de un calculador que nos facilita, con carácter orientativo, la cuantía a pagar, en función de los ingresos de ambos progenitores y de la localidad en la que residan. Recomiendo la lectura de la Memoria explicativa de la actualización realizada en 2019 de las «Tablas orientadoras para la determinación de la pensión alimenticia en los procesos de familia«.

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El Tribunal Supremo determina el concepto de déficit concursal

Adela del Olmo

Directora de Sepín Mercantil, Concursal y Reclamaciones bancarias

Las sentencias de la Sala Primera del TS, 214/2020, de 29 de mayo (SP/SENT/1053609) y 213/2020, de la misma fecha (SP/SENT/1053607) establecen que el déficit concursal, a efectos de la responsabilidad prevista en el art.172 bis LC, debe entenderse como el pasivo contra la masa y concursal que no puede satisfacerse con el activo realizado, precisando que no puede sostenerse que sea el que había al declararse el concurso.

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Cómo proteger a mi hijo/a de los contenidos inapropiados de Internet

Verónica Pedrón Pardo

Socia en Términos y Condiciones, responsable del área de publicidad y marketing de influencia y consultora en Legaltechies

El INE ya en 2018 recogía en sus estadísticas que cerca del 85% de la población española tenía acceso a internet desde el hogar y, en particular, casi el 70% de menores de 15 años disponían de un teléfono móvil. Desde entonces estas cifras no han hecho más que aumentar y con ello también los peligros asociados a este uso de Internet y de dispositivos conectados a él, sobretodo por parte de los menores.

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