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Familia y Sucesiones (6)

Ley de Desaparición Forzada de Menores, «niños robados» de Cataluña

 

Desde el pasado 25 de diciembre está en vigor en Cataluña la Ley 16/2020, de 22 de diciembre, de la desaparición forzada de menores en Cataluña. Sobre esta misma materia fue presentada en el Congreso de los Diputados el 26 de febrero de 2020 la Proposición de Ley sobre bebés robados en el Estado español, iniciativa que sigue en trámite, pero paralizada desde julio de 2020, y que esperamos pueda ser objeto de estudio en este blog en poco tiempo. Existe también una norma de ámbito autonómico dictada en Comunidad Autónoma de Canarias en 2019, la Ley 13 de 25 abril, sobre los menores robados.

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Atención y asistencia psicológicas de los hijos menores en supuestos de violencia, en Cataluña. Modificación del artículo 236-8 CCCat.

 

Desde el pasado 1 de diciembre está vigor la modificación del artículo 236-8 CCCat, relativo al ejercicio conjunto de la potestad parental, introducida por la Ley 14/2020 de 25 de noviembre, que permite que en supuestos de violencia, los hijos menores de 16 de años puedan recibir asistencia psicológica tan sólo con el consentimiento de uno de sus progenitores.

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Sesión obligatoria previa a la mediación: modificación del Libro II del CCCat

Ana Canturiense Santos

Redacción jurídica Sepín Familia y Sucesiones

Como ya recogimos hace unos días en el blog de Sepín con el artículo «Desde noviembre, la sesión previa de mediación tendrá carácter obligatorio en Cataluña», con la publicación de la Ley 9/2020, de 31 de julio, se ha querido potenciar la mediación como herramienta para la solución de los conflictos de manera extrajudicial, principalmente en el ámbito de las relaciones familiares, y especialmente en los que afectan a los menores de edad, y por extensión entendemos que igualmente a las personas con la capacidad modificada judicialmente, pues, como veremos más adelante, uno de los artículos que se van a ver modificados por esta ley es el art. 222-10 del CCCat, relativo al orden de delación de la tutela.

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¿Hasta cuándo se debe pagar la pensión alimenticia de los hijos?

Natalia García García

Directora de Sepín Familia. Abogada

Esta es, probablemente, una de las preguntas más frecuentes que el cliente formula cuando acude al despacho, junto con la relativa a la cantidad que va a tener que abonar. Resulta más sencillo contestar a esta última y comentarle que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dispone de un calculador que nos facilita, con carácter orientativo, la cuantía a pagar, en función de los ingresos de ambos progenitores y de la localidad en la que residan. Recomiendo la lectura de la Memoria explicativa de la actualización realizada en 2019 de las «Tablas orientadoras para la determinación de la pensión alimenticia en los procesos de familia«.

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La compensación económica por razón del trabajo en el Derecho Civil catalán

Ana Canturiense Santos

Redacción Jurídica de Sepín Familia y Sucesiones

Como bien es sabido en el Derecho civil catalán si los cónyuges no han otorgado capítulos matrimoniales al contraer regirán sus relaciones económicas por el régimen de separación de bienes, regulado en los artículos 232-1 a 232-12 del Código civil de Cataluña.

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Formas de pago de la pensión alimenticia en la guarda y custodia compartida

Ana Canturiense Santos

Redacción Jurídica de Sepín Familia y Sucesiones

La guarda y custodia compartida ha supuesto un cambio en el ejercicio de la responsabilidad parental de los menores, así, en los casos en los que sea lo mejor para proteger el interés superior del menor los tiempos de estancia con uno y otro progenitor serán compartidos. Y, ¿cómo afecta el establecimiento de la custodia compartida en la pensión alimenticia de los hijos?

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Cómo manifestar nuestra última voluntad en tiempos del COVID-19

Ana Almendros Manzano

Letrado Senior en Muñoz Arribas Abogados

Nunca es grato plasmar nuestras últimas voluntades porque entendemos que de ese modo nos acercamos al final de nuestra existencia. Pero ahora más que nunca, con un virus que ronda por doquier acechándonos tras cada esquina, tras cada tos, tras cada cosa que tocamos y si a eso añadimos que estamos encerrados entre cuatro paredes, es cuando  no estaría de más dejar todo bien atado, independientemente de la edad que tengamos.

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