Con mi IRPF no se juega a “soldados”
Lo reconozco, sucede en puntuales ocasiones al toparme con alguna rotonda de arte dudoso y me digo: ¿aqui van mis impuestos?. La respuesta siempre será condicionada a la sensibilidad artística y sentido para apreciar la obra, pregunten al “artista”, pero ¿qué sucede si la frontera de la “apreciación personal” se traspasa a la convicción ética o moral?. Este es el caso planteado por un contribuyente ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, resuelto mediante sentencia dictada el 22 de enero de 2013.
Un contribuyente, atendiendo a las partidas presupuestarias, pudo comprobar que parte de su IRPF sería destinado a sufragar gastos militares, por lo que en su autoliquidación se dedujo la cantidad que representaba el porcentaje (12%) de los Presupuestos Generales del Estado que contemplaban como gastos del Ministerio de Defensa, otorgando un destino distinto a esta cuantía motu proprio.