El TJUE analiza la prohibición de entrada
Gema Murciano Álvarez
Redacción Jurídica de Sepín
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Codirectora de sepín Extranjería . Coordinadora de sepín Mediación y Arbitraje . Redacción Jurídica de Sepín
Cataluña se adelanta a la legislación nacional y en aras de cumplir con el mandato dado en la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, (SP/LEG/4356) busca fórmulas para potenciar las ADR`s, y en concreto la mediación.
La Comisión Europea ha publicado el Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020 que ofrece un análisis comparativo de la eficiencia, la calidad y la independencia de los sistemas judiciales de todos los Estados miembros de la UE.
El Tribunal Constitucional ha dado un espaldarazo al arbitraje español, y por extensión al resto de procedimientos de resolución de conflictos extrajudiciales.
En el contexto que se ha planteado con motivo de la emergencia sanitaria desatada por el COVID-19 ha motivado un alud de normativa, no siempre con criterios claros, razón por la cual la Dirección General de Migraciones ha elaborado tres Instrucciones en el ámbito de la extranjería de fecha 8 de junio muy interesantes y que resumimos a continuación:
Tres meses después de la declaración de pandemia mundial de la OMS, parece evidente que todos los sectores de actividad van a verse afectados y necesitarán tomar medidas para adaptarse a la “nueva normalidad”, y eso incluye, por supuesto, a todas las ADRs (Alternative Dispute Resolution), aunque en esta ocasión haremos referencia al arbitraje, empezando por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), por ejemplo, que ha pospuesto las sesiones de los Grupos de Trabajo, debido a la crisis del coronavirus.
Como es sabido, la normativa de extranjería impone al extranjero el deber de renovar su autorización de residencia y/o trabajo cuando esta es temporal conforme a las previsiones del Reglamento de Extranjería RD 557/2011, de 20 de abril, pero también, de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y en el caso de que sea portador de una autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, le permite la posibilidad de prorrogar su duración.
La necesidad de aunar la pluralidad de textos y modificaciones que acentuaban el abigarramiento de la materia concursal ha motivado que el pasado 7 de mayo se publicara el nuevo texto refundido de la Ley Concursal (REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal- SP/LEG/29544-, posteriormente RDLC).