SI, y aunque el aseguramiento solo es obligatorio en el caso de que el animal se considere potencialmente peligroso, si el perro no entra en esa categoría, es altamente recomendable tenerlo asegurado porque entre otras razones a considerar, nuestro Código Civil en su art. 1905 aplica en esta materia uno de los pocos casos de presunción de culpa: La del poseedor del animal por los perjuicios que cause. Importante matiz, no hace falta ser el propietario, basta con ser el poseedor del animal para responder incluso en el caso de pérdida o extravío del mismo, aunque hay causas de exoneración de esa responsabilidad, que se expondrán a continuación, así como las posibles situaciones a las que nos puede llevar los daños que provoque o que le causen a nuestro perro, pudiendo incluso llegar a incurrir en una falta penal.
Por lo tanto, se debe tener en cuenta si hay obligatoriedad de asegurarlo, y para ello es necesario averiguar si el perro es potencialmente peligroso,