Tasas judiciales: periodos transitorios y dudas sobre consecuencias de una liquidación incorrecta
Mucho hemos escrito sobre las tasas y el tema empieza a parecer ya un poco pesado pero lo cierto es que no hay día que no se formule a SEPIN una duda, cuestión nueva o nueva noticia sobre la materia.
En Sepín tenemos disponible una página especial donde intentamos manteneros al día de las distintas novedades y criterios de aplicación así como las consultas de la DGT sobre la materia que, por cierto, tardan mucho tiempo en publicarse en su página oficial.
Y es que la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero, y las Ordenes de desarrollo que aprueban los modelos, Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, y posterior Orden HAP 490/2013, de 27 de marzo, no son un modelo de claridad ni de seguridad jurídica en muchos temas, yo diría en casi todos, pero hoy traemos otros dos a colación: el derecho transitorio y las consecuencias jurídicas (procesales o tributarias) que puede acarrear una mala liquidación de la tasa judicial.