Los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, ¿deberían abonar las tasas judiciales?
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se establecen las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia para el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y el posterior Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se rebajan las tasas judiciales, también en el procedimiento laboral, de un 0,50% a un 0,10% de la cuota variable, es necesario hacer una serie de precisiones puntuales en el orden social por el alcance que supone al ámbito de los trabajadores.