Impuestos a traer a un amigo/a al negocio
Descubre las implicaciones fiscales que conllevan la remuneración por la captación de nuevos clientes y programas de fidelización.
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Director de Sepín Asesor Fiscal. Abogado
Descubre las implicaciones fiscales que conllevan la remuneración por la captación de nuevos clientes y programas de fidelización.
¿Cómo afecta fiscalmente la extinción de condómino en favor de una sociedad matrimonial? Conozca las importantes implicaciones tributarias según la forma de escriturar.
Es frecuente que para el control de las cargas o finanzas domésticas, las familias opten por tener más de una cuenta bancaria, la individual de los respectivos cónyuges, las de hijos e hijas a las que se destinan el ingreso del sueldo, pensión, salario o paga y, en lo que interesa en estas líneas, otra cuyo destino de los fondos es en exclusiva afrontar los gastos del hogar (alquiler, gas, luz, agua, etc.).
Tras distintas resoluciones en las que el derecho a la devolución del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o plusvalía municipal en sucesivas) es reconocido en relación con las autoliquidaciones, el Tribunal Supremo en sentencias de 28 de febrero y de 4 de marzo del 2024 procede a reconocer el derecho a la recuperación del impuesto a contribuyentes que lo abonaron mediante su liquidación. La devolución en cada uno de los supuestos se ha instado mediante un procedimiento de revisión de actos nulos de pleno derecho, desestimados hasta la sentencia que citamos, y solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador, incluyéndose en este segundo supuesto la devolución de la sanción impuesta.
Una de las consultas que aparece de modo recurrente es cómo tributa la aportación de un bien inmueble de carácter privativo a la sociedad de gananciales del matrimonio, en tanto son varios los impuestos que entran en juego, es conveniente dedicarle un poco de tiempo para exponer e informar sobre su tributación.
Recuerdo que hace bastantes años uno de los consejos más sorprendentes de un compañero ante el impago por simple dejadez del impuesto de circulación (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) fue que un ayuntamiento no puede embargar cuentas corrientes abiertas en una comunidad autónoma distinta a la que pertenece la administración que dicta el embargo. Salvada la sorpresa que supuso esta afirmación, lo cierto es que por mi parte cual dogma ha sido repetido a preguntas de posibles embargos por deudas por tributos locales, tráfico, etc. de los saldos de cuentas bancarias, pudiendo comprobar de primera mano lo cierto de aquella aserción.
Recientemente nos preguntaron sobre la posibilidad de cambiar un usufructo viudal procedente de una herencia tras fallecimiento de su cónyuge por el pleno dominio del inmueble que es la residencia habitual del matrimonio y, en el caso particular, todas las implicaciones fiscales que ello acarrearía en particular cómo evitar una excesiva carga fiscal.
¿Cabe imputar algún defecto en la forma de liquidar por Hacienda de manera precipitada y prematura en el último día para presentar alegaciones?
Nuevamente traemos al blog una interesante sentencia del Tribunal Supremo sobre los efectos que produce una liquidación tributaria efectuada en el último día del plazo de alegaciones, cuando estas sí han sido presentadas en este último día a través de correo postal por la entidad contribuyente. Resolvemos, vulnera el principio de buena administración y el derecho a un proceso debido por lo que, en consecuencia, la liquidación es nula de pleno derecho, conforme criterio establecido en la sentencia del 12 de septiembre del 2023, en el recurso de casación 3720/2019.
A falta de dar a conocer el texto completo de la sentencia, la Oficina de prensa del Tribunal Constitucional ha emitido una nota por la cual anuncia la desestimación del Recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Comunidad Autónoma de Madrid contra el Impuesto sobre Grandes Fortunas.
Definición del nuevo derecho de garantía de la intimidad informática, en el que se limita a la Administración Tributaria en actuaciones de incautación, precinto y volcado de información contenida en un ordenador.