El blog jurídico de Sepín

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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico (2)

El próximo concepto de vehículo a motor y de hecho de la circulación

El Ministerio de asuntos económicos y transformación digital dio de plazo hasta el 22 de marzo de 2023 para la audiencia pública y posible participación ciudadana en el anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

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Las señales de prioridad

Este año está prevista la modificación del Reglamento General de Circulación (en adelante RGC), aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre. Por ello, en este post se aclararán cuáles son las señales de prioridad y si va a existir alguna modificación.

Para empezar, debemos saber qué según el artículo 147 del RGC, las señales de prioridad son aquellas que están destinadas a poner en conocimiento de los usuarios de la vía reglas especiales de prioridad en las intersecciones o en los pasos estrechos.

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¿Cómo establecer honorarios para los abogados especializados en accidentes de tráfico?

¿Vas a estrenarte como abogado especialista en accidentes de tráfico? ¿Llevas un tiempo ejerciendo en la profesión pero todavía no sabes con certeza cuánto deberías cobrar a tus clientes? Tener claros los honorarios a cobrar a tus clientes se trata de algo fundamental para poder mantenerte activo dentro del sector. Es por ello que, en esta entrada, vamos a darte cifras aproximadas así como los diferentes factores a tener en cuenta a la hora de estipular el costo de tus servicios de asesoría legal.

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Actualización al 2023 de las cuantías del Baremo por accidentes de tráfico

Según el art. 49 del RDL 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (SP/LEG/2821), las actualizaciones de las cuantías y límites indemnizatorios fijados en la Ley y en sus tablas, son automáticas. En este post se analizan los criterios para realizar dicha operación.

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Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP): Resolvemos todas las posibles dudas

Con la aparición de este tipo de vehículos las dudas que han surgido son muchas. Empecemos por lo básico: La primera vez que aparecieron en nuestra normativa fue en el año 2016 cuando la DGT publicó la instrucción 16/V-124, donde se definían, y ya se instaba a los entes locales a regular la circulación de este tipo de vehículos. En 2019 la DGT vuelve a publicar una instrucción, concretamente la 2019/S-149 TV-108 en la que se intentaban aclarar ciertos aspectos como su definición, así como las normas aplicables a estos. En el año 2020 se aprueba el RD 970/2020, por el que se modificó tanto el Reglamento General de Circulación como el Reglamento General de Vehículos, estableció un marco jurídico específico para los VMP y ya informaba que se iba a publicar el manual de características técnicas de estos. Finalmente, en enero de 2022 se publicó el manual que ha supuesto ganar claridad en este ámbito tan novedoso.

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Nuevas señales de tráfico de advertencia de peligro

Para el 2023 está previsto que, tras 18 años desde la aprobación del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, se modifique el Reglamento de circulación. Esto va a llevar la introducción y modificación de la señalización, ya que según el preámbulo del proyecto los cambios tanto en la movilidad como en el entorno social, tecnológico y cultural que se han sucedido en los últimos años hacen que se deba validar si mantiene el potencial comunicativo y consigue la adecuada comprensión de la información por parte de los usuarios, y se debe proceder a su modificación para mejorar la capacidad de transmisión de los mensajes y para responder a nuevas necesidades que van surgiendo.

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Ya en vigor la actualización de las Tablas de Lucro Cesante, las de ayuda de tercera persona y las técnicas del “Baremo de Tráfico”

Se publicó en el BOE de 6 de octubre de 2022 la Orden ETD/949/2022, de 29 de septiembre, por la que se actualizan las bases técnicas actuariales del conocido como Baremo de Tráfico recogido en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

Se ratifica está actualización posteriormente con el RD 907/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican las cuantías de determinadas tablas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la actualización de importes en euros en relación con el régimen especial de solvencia, por lo que mediante estas normas se produce la actualización de las tablas de lucro cesante, de ayuda de tercera persona y las tablas técnicas, lo que conlleva su aplicación a los accidentes ocurridos a partir del 29 de octubre de 2022 y a los lesionados de accidentes anteriores cuyas secuelas se hayan estabilizado a partir de esa fecha.

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Cambios en el Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor

Por fin el legislador reconoce que la reforma llevada a cabo en el Código Penal en el año 2019 supuso un sistema perjudicial para las víctimas de accidentes de tráfico, y por ello mediante la Ley Orgánica 11/2022, de 13 de septiembre, ha modificado el Código Penal (CP) en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor, y ha pretendido fijar determinados supuestos en los que la imprudencia merecía un reproche penal y que se analizan en este post.

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Cuestiones sobre la responsabilidad civil en el delito de impago de pensiones ¿nace del delito?, ¿Cuál es la prescripción para las pensiones no pagadas? y ¿cuánto es la deuda acumulada que se puede re

Marta López Valverde

Directora de Sepín Responsabilidad Civil y Seguro

El delito de impago de pensiones conlleva la reclamación de la deuda generada por esa falta de pago como responsabilidad civil, generando el debate de si nace del delito o es anterior a este. Así, la Sala Segunda, de lo Penal, en su sentencia 323/2022, de 30 de marzo el Tribunal Supremo, reitera la doctrina de que existen supuestos de obligaciones civiles (o de otro orden) no nacidas directamente de delito que, sin embargo, por declaración legal expresa o por virtud de una interpretación jurisprudencial sí cabe ejercitar en el proceso penal, se han recogido en este post los criterios del Alto Tribunal sobre diversas cuestiones que ha ido generando ese tipo penal regulado en el art. 227 del Código Penal, pues en esta categoría hay que situar las pensiones no satisfechas.

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Actualización al 2022 de las cuantías del Baremo por accidentes de tráfico

Según el art. 49 del RDL 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, las actualizaciones de las cuantías y límites indemnizatorios fijados en la Ley y en sus tablas, son automáticas. Por lo que, aunque la Dirección general de Seguros y Fondos de pensiones (DGSFP) ha hecho pública la correspondiente decisión el 23 de febrero, las indemnizaciones por accidentes se actualizan a un 4,125 %  desde el  1 de enero de 2022.
 
Así, la DGSFP recoge que la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, dispuso que los pensionistas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, con pensiones causadas con anterioridad al 1 de enero de 2021 que hubiesen sido revalorizadas en dicho ejercicio, recibirían, antes del 1 de abril del 2022 y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2021 y la que hubiere correspondido de haber aplicado al importe de la pensión vigente a 31 de diciembre de 2020 un incremento porcentual igual al valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del índice de Precios al Consumo (IPC) de los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, siempre que el valor medio resultante fuese superior al 0,9 %.
 
El Real Decreto 65/2022 de 25 de enero sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022, recogió que, a efectos del mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de acuerdo con la Ley 11/2020, las personas pensionistas del sistema de la Seguridad Social recibirán, antes del 1 de abril del año 2022 y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2021 y la que hubiera correspondido de haber aplicado al importe de la pensión vigente a 31 de diciembre de 2020 el incremento porcentual igual al valor medio de los incrementos porcentuales del Índice de Precios al Consumo de los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, y que fue del 2,5 %.
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