El blog jurídico de Sepín

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Alberto Muñoz Villarreal

Socio de Muñoz Arribas Abogados S.L.P.

Breve aproximación a los vehículos de movilidad personal y su aseguramiento

 

I.- El concepto de Vehículo de Movilidad Personal

Como cuestión previa, conviene analizar el marco jurídico que regula el uso de los nuevos vehículos que inundan nuevas ciudades, tales como los patinetes eléctricos. La Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el manual de características de los vehículos de movilidad personal (SP/LEG/36420) (VMP), estos como un “vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto equilibrado”.

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