El blog jurídico de Sepín

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Gema Murciano

Codirectora de sepín Extranjería . Coordinadora de sepín Mediación y Arbitraje . Redacción Jurídica de Sepín

Autorización de regreso para los ciudadanos extranjeros que vayan a salir fuera de España entre en el 12 y el 22 de abril

 

Cercanas ya las fechas de la Semana Santa, la Subdelegación del Gobierno en Alicante vuelve a publicar su nota informativa habitual con la que recuerda las previsiones que deben tener en cuenta los extranjeros que aprovechando estos días, vayan a salir del país entre el 12 de y el 22 de abril de 2019.

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¿Cómo afecta a la materia de extranjería la publicación del Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, ante un BREXIT sin acuerdo?

Dada la incertidumbre que rodea el proceso de ratificación del Acuerdo de retirada de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea, el Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la UE sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto (SP/LEG/25935) con diversas decisiones en previsión de que pudiera llegar a producirse dicha retirada sin el consenso requerido.

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4 claves para entender la función del Coordinador de Parentalidad

 

La figura del Coordinador de parentalidad surge en los Estados Unidos entre los años ochenta y noventa[1], cuando se plantea el problema creciente de un gran número de separaciones y divorcios que conllevan un riesgo elevado para los niños. Susan Boyne y Anne Marie Termini fueron las pioneras en desarrollar esta figura y quienes, tras su experiencia, crearon el primer manual de entrenamiento para futuros coordinadores de parentalidad en 2003. Una ADR (Alternative Dispute Resolution) centrada en los niños.

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Nueva regulación en la contratación colectiva de extranjeros en origen en 2019

 

El artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero (SP/LEG/2576) indica que  teniendo en cuenta la situación nacional de empleo, se podrá aprobar una previsión anual de las ocupaciones y, en su caso, de las cifras previstas de empleos que se puedan cubrir a través de la gestión colectiva de contrataciones en origen en un período determinado, a los que sólo tendrán acceso aquellos que no se hallen o residan en España, dando habilitación a su vez, para establecer un número de visados de búsqueda de empleo en las condiciones que se determinen, dirigidos a hijos o nietos de español de origen o a determinadas ocupaciones. Por su parte, el reglamento de desarrollo (RD 557/2011, de 20 de abril – SP/LEG/7493-) configura en su artículo 169 el diseño de la norma que apruebe la gestión colectiva de contrataciones en origen estableciendo las particularidades que estime conveniente.

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