El reconocimiento legal del derecho del acusado a declarar en último lugar por la Ley Orgánica 1/2025
Introducción
El derecho del acusado a declarar en último lugar constituye un tema de indudable relevancia en el ámbito del proceso penal, no solo por su incidencia directa en la configuración del juicio oral, sino también por su profunda vinculación con los principios constitucionales fundamentales que informan el sistema procesal español. Entre estos principios, destacan la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y el derecho a un proceso con todas las garantías, consagrados en el artículo 24 de la Constitución Española. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero (SP/LEG/44145), ha introducido una reforma trascendental en el artículo 701 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (SP/LEG/2487), estableciendo de manera expresa la posibilidad de que el acusado declare en último lugar durante el juicio oral.