¿Por qué la banca puede ser la principal perjudicada con la decisión del Pleno de imputar el IAJD al cliente/consumidor?
NOTA INFORMATIVA: A partir del 12 de noviembre del 2018 se establece por el RD-Ley 17/2018, de 8 de noviembre que en escrituras de préstamo con garantía hipotecaria el sujeto pasivo del IAJD es el prestamista.