Las webs para alquilar apartamentos turísticos informarán a Hacienda de tu anuncio
Esta, entre otras, es una de las novedades que la modificación del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RD 1065/2007, de 27 de julio) con entrada en vigor prevista para el 1 de enero del 2018 establece: «la obligación de trasladar la información de sus anuncios a la Administración Tributaria específica por las “plataformas colaborativas” intermediarias en el arrendamiento o cesión de uso de viviendas con fines turísticos sobre los inmuebles ofertados y las contrataciones efectuadas». Pendiente de desarrollo normativo del contenido de la información que deberá ser aportada, probablemente incluya los datos de los importes percibidos y la duración de las estancias, así como los relativos a la identificación de los propietarios y de los contratantes del arrendamiento.