El blog jurídico de Sepín

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Propietat Horitzontal Catalunya (3)

¡Obligación de acceso a los elementos privativos en beneficio de la Comunidad y de otros propietarios!

 

El art. 553-39.1 CCCat. establece: “los elementos privativos están sujetos, en beneficio de los otros y de la comunidad, a las restricciones imprescindibles para efectuar las obras de conservación y mantenimiento de los elementos comunes y de los privativos, si no existe ninguna otra forma de hacerlas o la otra forma es desproporcionadamente cara o gravosa”.

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En el régimen de PHCT, ¿qué hacer si en los acuerdos de simple mayoría no se alcanza el doble quorum?

 

Tras la reforma de este régimen por la Ley 5/2015 se introdujo, como no podía ser de otra manera, el sistema de la doble mayoría de cuotas y propietarios para la adopción de los acuerdos, pero todavía nos queda por resolver este interrogante, ¿qué hacer si no concurren ambas mayorías?

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La privación del derecho de voto en las Comunidades de Propietarios de Cataluña

 

Ya escribí sobre las reformas introducidas en este régimen por la Ley 5/2015. Allí  expuse, en una primera aproximación, lo que parecía más evidente. Un año más tarde y tras su aplicación, hay otros aspectos no tenidos en cuenta en ese primer estudio; entre ellos, las excepciones para poder votar cuando un propietario es moroso; en este caso no es que hayan cambiado, siguen siendo las mismas pero ahora ya no es necesaria la concurrencia de los dos requisitos, impugnación y consignación, estos se configuran de forma alternativa, no obstante, salvo este importe matiz, el resto de la problemática sobre la privación de este derecho fundamental sigue siendo la misma: veamos cuándo se da, cómo se computan las votaciones en estos casos y, como no, estas excepciones.

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La convocatoria de Junta en vacaciones

 

El criterio que siempre hemos mantenido en Sepín es que no hay una fecha determinada para celebrar las Juntas de propietarios y, si bien para las ordinarias la Ley fija que han de hacerse una vez al año, sin marcar el momento ni la sanción por no convocarlas, en cuanto a las extraordinarias, no se establece obligatoriedad ni límite alguno, por lo que podrán convocarse o no e, igualmente, cabe la celebración de una a varias, la pregunta sería, ¿cuándo es más conveniente realizarlas?

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Los votos en el nuevo régimen de propiedad horizontal en Cataluña

Saber quiénes pueden votar o cómo se computan las votaciones es una de las cuestiones fundamentales en este régimen, pues de ello dependerán los acuerdos comunitarios clave para el funcionamiento de las Comunidades. Por eso considero de interés destacar las reformas que a este respecto se han producido por la Ley 5/2015, de 13 de mayo.

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Los acuerdos comunitarios ante la demora en la reforma del régimen de propiedad horizontal en Cataluña

Nuevamente escribo sobre el régimen de propiedad horizontal en Cataluña y “sin novedad en el frente”.

Lo cierto es que en el mes de octubre de 2014 en el que publique el post “Ante la reforma de Libro quinto del Código Civil de Cataluña. Deseo de ser diferente o simplemente error subsanable” pensé que el próximo tendría el aliciente de poder hacerlo sobre algo nuevo, con el entusiasmo que esto provoca pero, seis meses después de este escrito, me encuentro en la misma situación, he de volver a lo mismo, y no es que no se generen problemas por aplicación de esta regulación, téngase en cuenta el polémico entramado de las Comunidades de propietarios, es que la incertidumbre provoca, en ocasiones, desesperación y, en este caso, una duda para las Comunidades, ¿celebro Junta o espero a la reforma?

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