El blog jurídico de Sepín

Posts sobre:

Nuevas Tecnologías (2)

Condiciones legales, ¿tiene todas tu web?

La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, en adelante LSSI, incorporó una serie de obligaciones que debían cumplir las páginas web, a las que había que sumar las establecidas en la normativa de protección de datos, pero dados los últimos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de las reformas acaecidas en materia de protección de datos, vamos a realizar un resumen incorporando las novedades más destacadas.

Leer artículo completo

¿En qué tipo de servicios se especializa la Legaltech española?

Según los datos publicados por la consultora española Legaltechies, actualmente en España tenemos 142 proyectos Legaltech y más de un centenar de empresas relacionadas con la materia por todo el territorio nacional. De hecho, a junio de 2019, el 28,2% de los proyectos se localizaban en Barcelona, el 26,8% en Madrid y el 6,3% en Valencia, entre otros lugares del país.

Leer artículo completo

Marca, nombre comercial y nombre de dominio ¿Qué conflictos pueden surgir?

Tanto el concepto de marca como el nombre comercial son signos distintivos que confieren al titular el derecho exclusivo y excluyente de uso de los mismos. La marca consiste en un signo utilizado para diferenciar los productos o servicios del comerciante, mientras que cuando hablamos de nombre comercial hacemos referencia a la identificación de la empresa en el tráfico mercantil (no debemos confundirlo con la denominación social que se refiere a la persona jurídica como sujeto de relaciones, derechos y obligaciones, inscribible en el Registro Mercantil). Tanto la marca como el nombre comercial son objeto de registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Leer artículo completo

8 consejos para hacer campañas publicitarias con influencers de forma legal

Hasta hace aproximadamente una década nadie había oído hablar de los influencers y mucho menos de campañas publicitarias realizadas a través de éstos. En aquél entonces destacaban otros medios para llegar al público como la televisión, las vallas publicitarias o incluso la radio. Medios a través de los cuales la publicidad se abría paso para aumentar las ventas de productos y servicios de todas las marcas del mercado.

Leer artículo completo

SeriesYonkis vs. Goear

En las últimas semanas hemos conocido dos importantes sentencias contra las webs de enlaces y la piratería, por un lado la Sentencia de la Sala de lo Contencioso, sección 3 de 27 de junio de 2019 frente a la página Goear y la del Juzgado de lo Penal de Murcia, de 21 de junio de 2019 contra los administradores de Seriesyonkis. Aunque los procedimientos han llevado caminos distintos, uno por la vía penal y el otro por lo contencioso-administrativo, se trata de dos importantes pronunciamientos para la  salvaguarda de los derechos de autor y por ello vamos a realizar un pequeño análisis de cada uno de los supuestos.

Leer artículo completo

Comentar desde el balcón que una propietaria es morosa ¿vulnera la normativa de protección de datos?

En esta ocasión voy a comentar la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo de 29 de abril de 2019 (SP/SENT/1006780), donde una comunera pretendía la imposición de una sanción por parte de la Agencia de Protección de datos (AEPD) por cesión inconsentida de los mismos a la presidenta de la Comunidad. Los acontecimientos fueron los siguientes:

La presidenta de la Comunidad, desde la ventana de su casa, comentaba con su marido, al parecer en tono muy alto, que una comunera era morosa, pues debía cuatro meses de cuotas. Dichos comentarios fueron escuchados por la hija de la denunciante, que sufrió una crisis de ansiedad y tuvo que recibir asistencia médica. Por estos motivos, se presentó ante la AEPD una denuncia contra la Presidenta por vulneración de la normativa de protección de datos, donde la Agencia acordó archivar el procedimiento por falta de indicios racionales de infracción de la normativa. Dicha resolución fue impugnada ante la Audiencia Nacional.

 
Lo primero que se discute en la comentada sentencia es la legitimación de la denunciante. Tal como ya han resuelto en numerosas ocasiones la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, no existe legitimación activa cuando únicamente se pretende la potestad sancionada, sin acreditar una concreta afectación al recurrente, puesto que la presentación de una denuncia no confiere, por sí sola, la condición de interesado. En caso contrario, se estaría sustituyendo a la Administración en el ejercicio de la potestad sancionadora. En este supuesto, la denunciante solicitaba en el suplico únicamente la incoación de la actividad de investigación por parte de la Agencia, sin solicitar el inicio del procedimiento sancionador, por lo que entiende el Tribunal la existencia de legitimación para dicha pretensión.
 
En cuanto al fondo del asunto, en primer lugar, la denunciante imputa la responsabilidad tanto a la presidenta como a la Comunidad de Propietarios, pero esta última no fue denunciada ante la AEPD, por lo que no puede analizarse en vía judicial. En cuanto a la cesión inconsentida de datos, la falta de inscripción de los ficheros y la utilización de datos para fines distintos al legítimo, al igual que ocurre con la responsabilidad de la Comunidad, no fueron alegados en vía administrativa, por lo que no fueron objeto de enjuiciamiento. En cuanto a la revelación a terceros de forma oral de la condición de moroso, con la prueba aportada, declaraciones testificales y partes médicos, la Audiencia entiende que no son prueba de cargo ni indicios de la comisión de una infracción de la normativa de protección de datos.
 
En relación con la Sentencia, resulta conveniente citar el criterio de la AEPD acerca de si la publicación de la situación de morosidad vulnera la normativa vigente de protección de datos, indicando ésta que dicha práctica con carácter general no está amparada. No obstante, al estar contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) como ejercicio legítimo para el correcto funcionamiento de la Comunidad, estaría recogido dentro de lo permitido por la normativa especial. Aunque los hechos de la sentencia no encajan con el art. 16 LPH, quedan dentro del ámbito doméstico, por lo que entiendo que en ningún caso deberían dar lugar a una sanción.
 
Leer artículo completo

Blockchain, anonimización y RGPD | Sepín

Tal y como se analizó en el blog de Términos y Condiciones, se utilizaba la paradoja de “La fuerza imparable contra el objeto inamovible” para explicar la relación, cuanto menos complicada, entre el Reglamento General de Protección de Datos (en lo sucesivo, RGPD) y Blockchain.

Ese choque frontal se está sucediendo desde el 25 de mayo de 2018 en materias que, a priori, son irreconciliables:

  1. La identificación clara y centralizada de responsables, encargados e interesados frente a un sistema inmensamente descentralizado.
  2. Minimizar los riesgos para los interesados al subir datos a la cadena, de modo que deba recurrirse a la anonimización de los datos personales subidos.
  3. El ejercicio de derechos, y en especial el derecho al olvido, teniendo en cuenta la inmutabilidad de la blockchain; y
  4. La prohibición (con límites) de decisiones individuales automatizadas en el caso de “contratos inteligentes” autoejecutables e irrevocables, ejecutados en la cadena.
Leer artículo completo

Sobre el cierre de páginas web

El pasado día de 3 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril (TRLPI), y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017. Aunque dichas directivas ya fueron transpuestas a nuestro ordenamiento por el RDL 2/2018, de 13 de abril, se acordó tras su convalidación la tramitación como proyecto de ley, donde se han introducido algunos cambios. En esta ocasión vamos a comentar el art 195 relativo a la función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital.

Leer artículo completo

Retos legales de la tecnología blockchain

 

Blockchain significa cadena de bloques, se trata de una base de datos asentada en la confianza de los participantes (nodos), en la que los registros (bloques) se encuentran cifrados y enlazados de tal manera que protegen de manera inalterable las transacciones realizadas, los nodos se conectan en redes per-to-per, que utilizan el mismo protocolo, estas se encuentran conectadas entre sí y son descentralizadas. Actualmente el uso más conocido es para operaciones financieras, como la conocida moneda virtual bitcoin, pero su alcance puede llegar a muchos ámbitos de nuestra vida junto con los smart contracts, de los que ya hablamos en otra ocasión. Las cadenas de bloques pueden ser privadas, donde para acceder necesitas la invitación o publicas en las que cualquier persona puede adherirse sin restricciones, como Ethereum.

Leer artículo completo

¡Modificación de la Ley de Marcas!

El pasado 27 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 23/2018, de 21 de diciembre por el que se modifica, entre otras, la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, con el objeto de trasponer la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa  a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en dicha materia.  Dicha normativa, conforme a la disposición final séptima entra en vigor hoy lunes 14 de enero de 2019, a excepción de los apartados 3, 4, 5 y 6 del artículo 21 (relativo a la suspensión de la solicitud del registro de marca y la oposición), que lo harán el día en que, conforme a lo previsto en el apartado 7 de dicho artículo, entre en vigor el desarrollo reglamentario de los mismos y el apartado 2 de la disposición adicional primera, que lo hará el día 14 de enero de 2023.

Leer artículo completo

Categorías

Suscríbete

Archivo del blog

Ver todo