Solicitudes de asilo presentadas en puestos fronterizos y peticiones de reexamen ¿facilidades para el cómputo de plazos?
Dice el art. 21 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria (SP/LEG/5718) que cuando una persona extranjera no reúna los requisitos para la solicitud del derecho de asilo, se podrá no admitir a trámite dicha solicitud mediante resolución motivada que deberá ser notificada a la persona interesada en el plazo máximo de cuatro días desde su presentación.