El blog jurídico de Sepín

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Maravillas López Egea

Redacción Jurídica de Sepin Administrativo

Identificación, modificación y eliminación de la “condición más beneficiosa”

El principio jurisprudencial conocido como “condición más beneficiosa” o derecho adquirido hace alusión a la mejora sobre las condiciones de trabajo que voluntariamente son establecidas por el empresario al trabajador.

Encontramos su fundamento legal en las fuentes de la relación laboral recogidas en el art. 3.1 c) del Estatuto de los Trabajadores, el cual nos indica que “los derechos y obligaciones concernientes a la relación laboral se regulan por la voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo, siendo su objeto lícito y sin que en ningún caso puedan establecerse en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos”.

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¿Los cobros indebidos de prestaciones por desempleo suponen siempre un fraude a la Seguridad Social?

Maravillas López Egea

Documentación Jurídica de Sepín

Hace unos días el Gobierno informaba a la opinión pública que la lucha contra el fraude a la Seguridad Social había aflorado 520.572 perceptores indebidos de las prestaciones por desempleo desde enero de 2012 hasta junio de 2013.

Poniendo esta cifra en relación con los 60.000 perceptores “indebidos” durante el primer semestre del año, anunciados el pasado mes de agosto, nos llevan a pensar que quizá a la hora de arrojar los datos no se han tenido en cuenta las diferencias entre el fraude real a la Seguridad Social  y las meras sanciones por irregularidades administrativas.

La actualidad del tema, pues hablamos de una sexta parte de los parados del país y el impacto económico de la cifra, que supone un ahorro a las arcas del Estado de 3.160 millones de euros, nos llevan a aprovechar nuestro Blog Jurídico para hacer un análisis aclaratorio en materia de infracciones y sanciones de los trabajadores beneficiarios en materia de empleo y Seguridad Social.

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Incapacidad Temporal coincidente con las vacaciones

Vacaciones…, esa anhelada palabra cuyo origen etimológico procedente del latín “vacatio” que significa estar libre, exento de obligación, desocupado, vacante… periodo que solemos aprovechar para recuperar las energías físicas y mentales consumidas durante el largo año de trabajo y que puede perder todo su significado por culpa de una incapacidad temporal imprevista.

Así pues, teniendo en cuenta la propia esencia de la palabra “vacaciones”, parece obvio pensar que la respuesta a la pregunta planteada en nuestro título será siempre afirmativa y que tendremos derecho a recuperar esos días de vacaciones no disfrutadas para que cumplan su función reparadora, pero esto no siempre fue así… 

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