La prevención de riesgos laborales en relación con el acoso
El artículo 4.2. d) del Estatuto de los Trabajadores, reconoce a los trabajadores el derecho "A su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales" y el artículo 19.1. del mismo cuerpo legal dispone que "El trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.".