El derecho a impugnar el acuerdo por el propietario que se abstiene o el valor del voto en contra
La impugnación de acuerdos en la Comunidad de Propietarios constituye el principal mecanismo de defensa de los comuneros cuando dichos acuerdos resultan contrarios a la Ley o a los Estatutos, lesionan intereses legítimos o generan un grave perjuicio para cualquier propietario, tal como dispone el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal (SP/LEG/1894). Por esta razón, ya he tratado en otras ocasiones este derecho de los propietarios, pero considero de especial interés aclarar en estas líneas un supuesto concreto de gran relevancia práctica.