Falta de información de la oposición a la entrada por la AEAT en el domicilio o sede social
El Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, en sentencia de 3 de octubre ha tenido oportunidad perfilar los requisitos que en la actualidad ha de cumplir el consentimiento del contribuyente para la entrada y registro por la AEAT en sedes, oficinas, almacenes y despachos, cuando estos no están incluidos en el Auto judicial de autorización de actuaciones.