¿Se puede asegurar el recargo de prestaciones?
Conforme a lo establecido en el art. 164 del RDLeg. 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS - SP/LEG/18667) la responsabilidad en el pago del recargo no es asegurable por parte del empresario.