El blog jurídico de Sepín

La nota de prueba obligatoria en la audiencia previa

 

Sirva este post para recordar a muchos Letrados la obligatoriedad de llevar nota de prueba a las audiencias previas de los juicios ordinarios. No se incluye esta nueva exigencia en el juicio verbal porque obviamente en este procedimiento la proposición y práctica de la prueba se realiza sin solución de continuidad en la propia vista y no tendría la misma utilidad.

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Consecuencias penales de los mensajes en el estado de WhatsApp

 

Recientemente se publicó en diversos medios una Sentencia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Moncada (Valencia), de 30 de diciembre de 2015 (SP/SENT/848572), que condenaba a un médico a reparar el honor de su exsocio y compañero de profesión por poner en su “estado” de WhatsApp “no te fíes de Pepe Pérez (nombre ficticio)”.

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¿Qué es una medianería o pared medianera?

 

La medianería, regulada en los arts. 571 a 579 del Código Civil, se viene definiendo como aquella situación jurídica que se da cuando dos fincas, ya sean rústicas o urbanas, están separadas por un elemento común, pared, vallado, seto o zanja, que pertenece a los propietarios de aquellas, cuya finalidad es dispensar a cada uno de los propietarios de edificar un cerramiento diferente o propio, evitando así un gasto inútil.

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Nueva sumisión a los Tribunales españoles en seguros, consumidores y obligaciones extracontractuales

En relación con el post “Competencia territorial en el monitorio: pérdidas de tiempo y desprotección de consumidores”, y siguiendo con las reformas normativas, en concreto con la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial por la LO 7/2015, de 21 de julio, en vigor desde el 1 de octubre de 2015, se analizan en estas líneas algunas de las novedades sobre la competencia de los Tribunales españoles en seguros, consumidores y obligaciones extracontractuales.

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Abril: Mes crucial en relación con las cláusulas suelo

El presente mes de abril va a ser un mes crucial en relación a las ya más que famosas cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios.

En primer lugar, se ha dictado, con fecha de 7 de abril, por el Juzgado n.º 11 de lo Mercantil, de Madrid, una sentencia, en la que se declara la nulidad de dichas cláusulas que incorporaban a sus contratos cuarenta entidades de crédito, y que ha sido objeto de un post por el departamento de derecho mercantil de nuestra editorial.

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