El blog jurídico de Sepín

Declarada inconstitucional la amnistía fiscal del 2012, ¿quiénes son “todos”?

 

El Tribunal Constitucional en decisión de fecha 8 de junio del 2017 unánime ha estimado el recurso de inconstitucionalidad frente al RDL 12/2012, de 30 de marzo, por el que se establecía una “amnistía fiscal”. Debemos recordar que mediante el citado Real Decreto permitió regularizar rentas no declaradas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre Sociedades (IS) ante el Fisco por contribuyentes personas físicas o jurídicas, procediendo a ostentar las rentas regularizadas el rango de “renta legal” en el tráfico jurídico, todo a un módico tipo de retención del 10 %, sin que fuera procedente aplicar sanción o recargo alguno.

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¿Cómo realizar un contrato de arrendamiento de vivienda? seis cuestiones básicas

 

Son varias las interrogantes sobre la forma de hacer un contrato de arrendamiento de vivienda, ¿verbal o escrito?, ¿en documento público o privado?, ¿es necesaria su inscripción en el Registro? ¿Qué requisitos debe tener? ¿Conlleva impuestos? ¿Necesita certificado de eficiencia energética? Analizamos estas cuestiones a continuación.

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«James Rodríguez tendrá la nacionalidad española en tres meses»… ¿sí o no?

 

 

A punto de finalizar la temporada 2016-2017, el mercado de fichajes empieza a coger ritmo y eso se empieza a notar en la rumorología que surge alrededor de clubes y futbolistas, por ejemplo, el mes pasado, a raíz de una oferta de un club inglés por el Sr. Rodríguez, en la que se incluía el requisito de que tuviera la condición de jugador comunitario,  se publicó el titular que precede a este artículo: «James Rodríguez tendrá la nacionalidad española en tres meses» .

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El pretendido abandono a su suerte de los asuntos judiciales por cambio de destino del Juez

 

Con motivo del cambio de destino de un conocido Magistrado he venido leyendo y escuchando en la prensa “política” diversas afirmaciones que expresaban el más abierto desacuerdo con ese próximo traslado, tachando a aquel de una suerte de traición al Estado de Derecho por haber decidido abandonar el órgano judicial que ocupaba hasta hoy y dejarlo “empantanado” —principalmente se referían a concretos procedimientos judiciales sobre corrupción política—. Crítica que también alcanzaba al hecho de “colocar el marrón” al futuro Magistrado que se siente en esa silla, que tendrá que aterrizar sobre los asuntos, para estudiárselos desde su inicio hasta el punto donde el Juez saliente hoy los va a “soltar”, con el enorme tiempo que ello le va a conllevar al entrante. Y ello porque al Magistrado saliente, muy caprichoso él, dice estar cansado de instruir sin apenas medios, y ha optado por buscar —y obtener— un puesto muy posiblemente más cómodo y menos estresante, dentro de la misma casa.

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¿En qué consiste la figura del precario?

 

La situación de precario carece de regulación normativa concreta, si bien, tanto la doctrina como la jurisprudencia la definen como aquella situación que se produce cuando un tercero ocupa un bien ajeno, sin tener título válido para ello, ya sea por carecer de él o por haber dejado de estar en vigor el que tenía, y sin pagar ninguna renta o merced, debido a una mera tolerancia del propietario, que puede, en cualquier momento, proceder a reclamar su devolución.

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La modificación del Título Constitutivo en el régimen de propiedad horizontal de Cataluña

 

Esta fue una de las grandes diferencias con respecto a la Ley de Propiedad Horizontal estatal, pues en este régimen para que se pueda alterar el marco en el que se desenvuelve la Comunidad es necesario el acuerdo unánime de los comuneros, tanto de los presentes en la Junta como de los ausentes por cualquier causa, por lo que fue una gran sorpresa, cuando se publicó en 2006 la Ley 5/2006, en la que se regulaba el citado régimen en Cataluña, que este quorum hubiera cambiado, lo que no ha se ha modificado tras la reforma por la Ley 5/2015.

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