El principio de igualdad en la determinación de la nota de corte de las oposiciones
El concepto Nota de corte puede llegar a ser uno de los más importantes para todo aspirante que se encuentre inmerso en la preparación de una oposición.
Ya que estas dos palabras, marcarán la diferencia entre lograr una plaza de funcionario o quedarse fuera.
Esta nota es la que indica la puntuación mínima a alcanzar para superar las oposiciones con derecho a plaza.
Pero, ¿cómo podemos estar seguros de que la nota de corte establecida es justa para todos los opositores? Con lo que se conoce como principio de igualdad.
Principio de igualdad en la determinación de la nota de corte
El principio de igualdad es un pilar fundamental en todo sistema democrático, y es especialmente importante al establecer la normativa de acceso al empleo público.
En cualquier proceso de oposiciones, como en la oposición de Justicia, implica que todos los aspirantes deben tener las mismas oportunidades de acceso a un puesto público.
¿Y de cara a la determinación de la nota de corte? En ese ámbito, se traduce en una serie de medidas y criterios que deben garantizar que todos los aspirantes son tratados de forma equitativa y sin discriminación alguna a la hora de ser evaluados.
Esta situación cobra especial relevancia en aquellos procesos en los que se ofertan plazas mediante oposición libre y concurso posición. Tal y como se puso de manifiesto en la STS 3738/2022 en la que se llevó a juicio el alcance del principio de igualdad aplicable en la determinación de las puntuaciones mínimas (notas de corte) en los turnos de acceso libre y de promoción interna.
Criterios objetivos y no discriminatorios
En la evaluación de las pruebas selectivas, se deben utilizar criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los conocimientos, habilidades y aptitudes de los aspirantes. Deben haberse establecido de forma previa y ser conocidos por todos los candidatos antes de presentarse. Además, es importante que su selección sea transparente y justificada, de modo que los opositores puedan entender por qué se han utilizado esos criterios en concreto.
En el caso de la Sentencia mencionada estos criterios eran claramente vulnerados ya que el acceso de los futuros funcionarios requería una nota menor cuando se trataba de la promoción interna frente al acceso libre.
Revisión y control de las decisiones
Para garantizar la correcta aplicación del principio de igualdad en la determinación de la nota de corte, son fundamentales métodos de revisión y control de las decisiones durante el proceso selectivo. Así, se pueden corregir posibles errores o desviaciones y garantizar la equidad. Es muy importante que los candidatos tengan acceso a información sobre esto y puedan presentar reclamaciones en caso de detectar algún error o desviación en la aplicación de este principio.
Transparencia y accesibilidad de la información
El principio de igualdad en la determinación de la nota de corte de las oposiciones implica garantizar la transparencia y accesibilidad de la información sobre el proceso selectivo. Los candidatos deben tener acceso a toda la información relevante sobre el proceso de evaluación y oposición, incluyendo los criterios de evaluación, la forma de puntuación, los procedimientos de revisión, etc.
De ahí la importancia en la creación de jurisprudencia a partir la sentencia que nos ocupa, cuya conclusión fue que, al convocarse de forma conjunta los procesos de oposición libre y estabilización las bases comunes de los procesos selectivos del personal al servicio de la Administración de Justicia debían respetarse el principio de igualdad en la determinación de las puntuaciones mínimas -notas de corte- en los turnos de acceso libre y de promoción interna.