El blog jurídico de Sepín

Nueva normativa sobre viajes combinados y servicios de viaje vinculados

 

El pasado 28 de diciembre entró en vigor el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, que modifica, entre otras, el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en adelante LGDCU) en materia de viajes combinados y otros servicios de viaje vinculados, a fin de transponer al derecho interno la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015.

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Nueva sentencia contra el Decreto de la viviendas turísticas de la Comunidad de Madrid

 

El pasado 19 de diciembre de 2018 la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, dictó una sentencia anulando determinados preceptos del Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid dicho normativa ya fue objeto de revisión por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la sentencia de 31 de mayo de 2016 , en la que se declaró la nulidad del apartado 3 del art. 17 en el que se establecía que las viviendas de uso turístico no podrán contratarse por un periodo inferior a cinco días al vulnerar la normativa estatal y comunitaria en materia de competencia.

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Reducción de la velocidad en carreteras convencionales y multa

 

A finales de enero de 2019 ya se debe adecuar la conducción a las nuevas velocidades establecidas por el RD 1514/2018, de 28 de diciembre, que ha modificado el Reglamento General de Circulación. La justificación para la adopción de dicha medida es la esperanza de reducir el número de fallecidos.

Según su exposición de motivos, la mayoría de las muertes se producen sobre todo por accidentes en carreteras convencionales, que son aquellas que no reúnen las características propias de las autopistas, autovías y vías para automóviles.

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Incorporar la obligación de pago de un préstamo a un pagaré en blanco es abusivo

 

La reciente sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, 12-12-2018 (SP/SENT/982027) vuelve a poner sobre la mesa la cláusula abusiva que prevé la incorporación de las obligaciones de pago derivadas de préstamos a pagarés en blanco emitidos y firmados por el prestatario. No cabe duda de que la capacidad de la banca para inventar cláusulas que la enriquezcan ilícitamente es ilimitada. Nuestro Tribunal Supremo ya se había pronunciado sobre la abusividad de esta práctica en sentencias anteriores como las de TS, Sala Primera, de lo Civil, 2-11-2016 (SP/SENT/877114) o la del Pleno del TS, Sala Primera, de lo Civil, 12-9-2014 (SP/SENT/782265).

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Eventos para conmemorar el Día Europeo de la Mediación

Departamento Jurídico de Sepín Mediación y Arbitraje
(*) Esta página estará permanentemente actualizada conforme nos lleguen las diferentes actividades

El 21 de enero, coincidiendo con la fecha de aprobación de la Recomendación n.º R (98)1, sobre Mediación Familiar, aprobada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 21 de enero de 1998 en su 616.ª reunión, se conmemora el Día Europeo de la Mediación. Adjuntamos todos los eventos conmemorativos de dicha fecha:

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¿Es válida la puesta a disposición de la indemnización mediante transferencia bancaria en el despido objetivo?

El objeto de este post se justifica con la reciente publicación de Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo 989/2018, de fecha 28 de noviembre, recaída en el recurso n.º 2826/2016, en cuya parte dispositiva se estima el RCUD interpuesto por la mercantil REPSOL TRADING, S. A., y, en su virtud, se casa y anula la Sentencia dictada por la Sala de lo Social Tribunal Superior de Justicia de Madrid 496/2016, de fecha 27 de mayo de 2016, recaída en el Recurso de Suplicación 290/2016, y, en definitiva, se confirma la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 8 de los de Madrid con fecha 10 de noviembre de 2015, en los Autos 1323/2014, seguidos a instancias de la trabajadora.

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¡Modificación de la Ley de Marcas!

El pasado 27 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 23/2018, de 21 de diciembre por el que se modifica, entre otras, la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, con el objeto de trasponer la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa  a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en dicha materia.  Dicha normativa, conforme a la disposición final séptima entra en vigor hoy lunes 14 de enero de 2019, a excepción de los apartados 3, 4, 5 y 6 del artículo 21 (relativo a la suspensión de la solicitud del registro de marca y la oposición), que lo harán el día en que, conforme a lo previsto en el apartado 7 de dicho artículo, entre en vigor el desarrollo reglamentario de los mismos y el apartado 2 de la disposición adicional primera, que lo hará el día 14 de enero de 2023.

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