¿Con que carné pueden conducirse las autocaravanas y caravanas?

 

Hoy en día, los viajes en autocaravana y caravana son una de las opciones más demandadas para las vacaciones, tanto por la situación que vivimos a consecuencia de la COVID-19, como por la libertad que proporcionan. Mediante este post se intenta aclarar qué tipo de permisos de conducir son necesarios para circular con éstas

En primer lugar, se deben diferenciar entre ambos conceptos: las caravanas, según el ANEXO II Real Decreto 2822/1998 son  “Remolque o semirremolque concebido y acondicionado para ser utilizado como vivienda móvil, permitiéndose el uso de su habitáculo cuando el vehículo se encuentra estacionado”, mientras que las autocaravanas son “Vehículos construidos con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente”. Por lo tanto, la diferencia entre ellos, y por ende también el permiso habilitante dependerá de que dispongan o no de motor propio, así como de la masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima remolcable (MMR).

Lo importante es el MMA, que es la suma resultante de la carga (sin personas en el interior, pero sí con el resto de los útiles, como la botella de butano, el depósito de agua, etc.) y la tara de la caravana o de la autocaravana (masa del vehículo vacío).

¿Qué tipos de carné es necesario para remolcar una caravana?

Permiso B

No será necesario obtener un permiso adicional cuando (art.  4 reglamento general de conductores, en adelante RGC):

  • Si la caravana pesa más de 750 kg, la suma de los dos (caravana + coche) no puede superar los 3500 kg.

Caravana (+750 kg) + coche ≤ 3.500 kg.

  • Si la caravana pesa menos de 750 kg, la suma de los dos (caravana + coche) no puede superar los 4250 kg

Caravana (-750 kg) + coche ≤ 4.250 kg.

Permiso B96:

Si se sobrepasan los  pesos (que es lo normal) a los que se hace referencia en el punto anterior, habría que obtener el permiso B96

Para su obtención habrá que superar una prueba de control de aptitudes. Teniendo el B, no será necesario a un nuevo examen teórico ni someterse a pruebas médicas (Art. 5.5 RGC).

Permiso B+E

Será necesario cuando el conjunto coche y caravana excede de 4250 kg, siempre y cuando el peso de la caravana no exceda de 3500 kg (art. 4 RGC).

Caravana (≤3500kg) + coche ≥ 4250kg

 

¿Qué se necesita para conducir una autocaravana?

Permiso B

Cuando el peso de la autocaravana, junto con enseres y equipaje, no exceda de 3.500 kg y esté preparada para transportar como máximo ocho personas además del conductor, será suficiente con este permiso. Además, este tipo de vehículos podrán enganchar un remolque que no supere los 750 kg.

                                   Autocaravana + enseres + equipaje ≤ 3.500kg

Permiso C1:

En aquellos casos en los que la autocaravana exceda de los 3.500 kg, (art. 4.2 del RGC) y no sobrepase los 7.500 kg estando ésta preparada para transportar hasta 8 personas además del conductor, se deberá estar habilitado por el permiso C1.

Autocaravana + enseres + equipaje ≥ 3500kg ≤ 7.500kg

Permiso C:

En el RGC aparece este carné, que siendo muy similar al C1, presenta la siguiente diferencia: el peso de la autocaravana deberá sobrepasar los 3.500 Kg, sin que se establezca ningún otro límite cuantitativo.

Autocaravana + enseres + equipaje ≥ 3.500kg