La alarmante cotidianidad de las “filtraciones” en el proceso penal español
Llevamos unos cuantos días sorprendidos por las noticias periodísticas que se han ido sucediendo en relación con la sentencia del “procés”, antes de que esta se diera a conocer.
Esas informaciones comenzaron desvelando que el Presidente del Tribunal y Ponente de la sentencia quería una sentencia unánime, sin votos particulares, y que la cuestión estaba complicada por cuanto uno de los miembros del Tribunal sentenciador se mostraba díscolo con la opinión mayoritaria. Otra noticia posterior indicaba que para lograr esa unanimidad se ha producido una suerte de edulcoración en la calificación jurídica de los hechos por parte de los Magistrados que sostenían una condena por delito de rebelión, en favor de la más suave por delito de sedición. Incluso hemos llegado a leer en algún medio calificaciones penales que jurídicamente resultaban imposibles.
Lo siguiente fue la noticia de que todos los acusados iban a ser acusados por delito de sedición y algunos también por el de malversación. Y lo último han sido las apuestas por las penas que corresponderían a cada uno de los sentados en el banquillo, más las correspondientes elucubraciones sobre la aplicación del tercer grado penitenciario y su puesta en libertad. Esta vez la institución del indulto durante estos días previos parece que no ha salido a la palestra. También se ha especulado con la futura reactivación de la Orden Europea de Detención y Entrega del expolítico huido a Bélgica.
El caso es que se acaba de dar a conocer la sentencia (SP/NOT/1289), cuyo contenido ya habrá ocasión de comentar con sosiego y tras su detenida lectura, contenido que en muy buena parte coincide con las informaciones periodísticas que se nos han ido adelantando, sobre todo desde el último fin de semana. Es indudable que o bien los periodistas de Tribunales cuentan con un máster en videncia, o bien ha existido “filtración”. Y esto es lo que no concibo; nunca lo he entendido ni asimilado; y es lo que motiva esta breve reflexión en forma de post.
Nos hallamos ante la sentencia más importante de nuestra democracia, eso es indudable. Nuestro más Alto Tribunal tampoco está exento de las fortísimas presiones —en este caso políticas— y alarmantemente tampoco de las “filtraciones”. Quizá —ahora soy yo el que va a elucubrar—, ambas cuestiones estén relacionadas entre sí: la presión política y social procedente de concretos sectores de la Comunidad autónoma a la que pertenecen los condenados, con la ayuda de alguna fuerza política nacional, haya llevado a ir desvelando estratégicamente, en sucesivas dosis, diversos aspectos de la sentencia, todo ello para ir preparando de forma paulatina a la opinión pública para el momento que se acaba de producir, la divulgación oficial de la sentencia.
No me cabe la más mínima duda que todos los Magistrados han sentido esa presión, cuando ha sido el pan nuestro de cada día a lo largo de la celebración de juicio, pero también antes y después del mismo. Son personas como usted y como yo que leen los periódicos, ven los telediarios y escuchan la radio, y siendo protagonistas de la decisión jurídica es materialmente imposible que permanezcan ajenos a esas cuestiones aunque cuando se enfundan la toga teóricamente tienen que blindarse a la información mediática y a las presiones. Hasta aquí la dificilísima labor y el actuar de los Magistrados es de todo punto comprensible y asumible.
Pero me resulta inaudito y hasta escandaloso que en una materia tan sensible como el Derecho Penal la filtración de fragmentos del proceso (incluso en diligencias declaradas secretas) o de las sentencias, o de parte de ellas, sea tan frecuente que ya lo asumamos como normal, incluso antes de que aquella se haya notificado a los propios condenados. Desde mi modesta opinión, esto es intolerable. Y más aún en juicios tan sensibles y trascendentales como este.
Veo al casi siempre desconocido filtrador como una especie de espía que desarrolla su trabajo diario en el órgano judicial y ejecuta su labor de espionaje de forma silenciosa y subrepticia, quiero pensar que sin interés crematístico alguno. Y me enervo ante el hecho de que a esta conducta no solo se le cubra de impunidad sino que se asuma socialmente como algo integrado en la actividad judicial cotidiana.
Es un problema que debe abordarse de forma inmediata, con seriedad y con rigor, en coordinación con las autoridades periodísticas. No es fácil, lo sé. No se trata de vetar el derecho de la prensa al acceso a la información judicial, faltaría más, sino que esta se le facilite de forma oficial y con las debidas cautelas para salvaguardar los derechos de defensa de los implicados, por muy graves que sean los delitos que presuntamente hayan cometido.