¿Debemos proteger a nuestros hijos de Internet o enseñarles a vivir en él? La pregunta ya no es teórica. La Unión Europea y España están avanzando hacia una regulación más intensa del acceso de los menores a las redes sociales, los teléfonos inteligentes, los videojuegos y la inteligencia artificial. La preocupación es legítima, pero la realidad —como casi siempre sucede cuando hablamos de infancia— no es blanca o negra.
El debate científico y doctrinal continúa abierto. Una parte de la literatura advierte de riesgos asociados al uso problemático: privación del sueño, distracción, ciberacoso, contenidos perjudiciales, comparación social o mecanismos diseñados para prolongar el tiempo de conexión. Otra corriente cuestiona que pueda atribuirse a las pantallas, con carácter general, la crisis de salud mental juvenil y recuerda que el entorno digital también puede favorecer aprendizaje, relación social, creatividad y autonomía..
La Observación General nº 25 (2021) del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas parte de una idea esencial: el entorno digital forma ya parte de la vida y del futuro de la infancia. Incluye redes, aplicaciones, dispositivos conectados, realidad virtual, inteligencia artificial, algoritmos y análisis de datos. El marco de Naciones Unidas no contrapone derechos y tecnología: exige proteger a los menores frente al daño, pero también garantizar que puedan beneficiarse del acceso, la información, la participación, el juego, el aprendizaje y una autonomía acorde con la evolución de sus facultades.
El 17 de septiembre de 2026 la Comisión Europea presentó la EU KIDS Act. Es todavía una propuesta —deberá ser negociada por Parlamento Europeo y Consejo—, pero supone un cambio de escala. Propone impedir cuentas de redes sociales a menores de 13 años; entre 13 y 14 años, permitir únicamente cuentas limitadas gestionadas por progenitores o tutores, con un máximo propuesto de una hora diaria; y desde los 15 años, permitir cuenta propia. Además, exige seguridad por diseño, perfiles privados por defecto, verificación de edad respetuosa con la privacidad y límites a mecanismos como el scroll infinito, determinadas recompensas y notificaciones nocturnas. También alcanza a videojuegos y compañeros o chatbots de inteligencia artificial.
España tramita el Proyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales (expediente 121/000052), presentado por el Gobierno el 27 de marzo de 2025. A 20 de septiembre de 2026 continúa en la Comisión de Justicia, en fase de Informe y por procedimiento de urgencia. El proyecto contempla, entre otras medidas, elevar de 14 a 16 años la edad para prestar autónomamente consentimiento al tratamiento de datos personales; reforzar la regulación del uso de dispositivos en los centros educativos; introducir verificación de edad y exigir que los dispositivos incorporen sistemas de control parental accesibles, gratuitos y activados por defecto. Conviene subrayarlo: estas últimas obligaciones forman parte del proyecto y no deben presentarse todavía como Derecho vigente.
Mientras se legisla, el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE), dependiente del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ofrece a las familias una guía y un catálogo de herramientas de control parental, pactos familiares, organizadores de tiempo y recursos de mediación parental. Además, el servicio público «Tu Ayuda en Ciberseguridad – 017» es gratuito y confidencial y presta orientación técnica, psicosocial y legal todos los días del año.
En 2026, INCIBE y la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial han añadido recursos específicos para configurar controles parentales en herramientas de IA generativa como ChatGPT, Gemini y Copilot.
Me parece necesario que el legislador actúe y que las plataformas respondan por diseños que explotan la vulnerabilidad de un menor. Pero sería un error trasladar toda la responsabilidad a quienes crean Internet, las redes sociales o la inteligencia artificial. La educación digital también forma parte de la responsabilidad parental.
Durante años hemos enseñado a nuestros hijos a cruzar una calle, relacionarse con desconocidos, administrar dinero o regresar solos a casa.
No eliminamos el mundo para protegerlos: intentamos prepararlos para desenvolverse en él. ¿Por qué debería ser completamente diferente el mundo digital? Nuestros hijos necesitan protección, pero también independencia progresiva; aprender a distinguir una fuente fiable de una falsa, comprender cómo funciona un algoritmo, utilizar responsablemente la inteligencia artificial y detectar cuándo una tecnología deja de servirles para empezar a utilizarlos a ellos.
Y hay algo más. Estamos educando hoy a los adultos del mañana con herramientas que apenas están naciendo. La inteligencia artificial que ahora nos sorprende probablemente será rudimentaria comparada con la que encontrarán nuestros hijos y, más aún, con aquella en la que educarán a sus propios hijos. Apartarlos completamente de ese aprendizaje puede protegerlos de determinados riesgos inmediatos, pero también puede privarlos de las competencias necesarias para desenvolverse en su futuro.
Como abogada de familia, esta transformación me plantea una pregunta inevitable: ¿tendremos que incorporar el uso de móviles, redes sociales, inteligencia artificial, control parental y educación digital a los convenios reguladores y planes de parentalidad sometidos a aprobación judicial? Si los progenitores mantienen criterios divergentes, ¿quién autoriza una red social?, ¿quién administra una cuenta sometida a supervisión parental?, ¿deben existir los mismos límites en ambos domicilios?, ¿quién decide cuándo un hijo está preparado para su primer smartphone? Y, sobre todo, ¿quién tiene el control y quién asume la responsabilidad?
Quizá haya llegado el momento de hablar de «corresponsabilidad parental digital»: no para judicializar cada pantalla, sino para anticipar conflictos y fijar criterios compartidos sobre privacidad, seguridad, redes sociales, inteligencia artificial y autonomía progresiva. Porque entre la prohibición absoluta y la ausencia de límites existe un espacio mucho más exigente: la educación.
El Derecho debe exigir entornos seguros, impedir diseños deliberadamente perjudiciales y proteger especialmente a los más pequeños. Pero después comienza nuestra responsabilidad como padres. La autonomía no aparece mágicamente al cumplir una edad: se aprende ejerciéndola progresivamente. La pregunta, por tanto, no debería ser únicamente cómo protegemos a nuestros hijos de Internet, sino cómo los enseñamos a vivir libre, crítica y responsablemente en el mundo —físico y digital— que les ha tocado vivir.

